En: Recibido por email. Publicad en www.veneconomía.com
Editorial de Veneconomía
La amenaza del comunismo que pendía sobre los venezolanos, ya entró en pleno vigor con la publicación este 24 de enero en Gaceta Oficial
del “Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios
Justos”, promulgado por Nicolás Maduro con los poderes habilitados que
le dio la mano alzada de sus rojos parlamentarios en noviembre de 2013.
El
poder para castrar la libertad de empresa de este decreto-ley rebaza en
potencia a cualquier otra ley promulgada en estos tres últimos
quinquenios, y eso ya es mucho decir.
No
en vano el objetivo de este decreto-ley es explícito: Consolidar el
orden económico socialista consagrado en el Plan de la Patria.
Maduro
con esta ley pone el candado del comunismo a las empresas privadas,
arrebata a todo empresario, por pequeño o grande que sea, el derecho a
manejar su negocio. Esto así porque su ámbito de acción aplica “a todo
tipo de empresas nacionales, extranjeras y transnacionales y también a
todas las personas naturales que ejerzan actividades económicas en el
país”. Es decir, a toda la cadena de valor.
Ninguno
de los sujetos de la ley (léase pequeños, medianos y grandes
empresarios, así como todo emprendedor independiente) tendrá libertad
para operar su negocio y determinar sus márgenes de ganancia y retorno
de capital. Desde el 24 de enero, cuando entró en vigencia el decreto
ley, ningún eslabón de la cadena de producción y distribución al mayor o
detal podrá fijar los precios de sus productos y servicios. En adelante
será el Ejecutivo Nacional, a través de su nuevo aparato burocrático,
la “Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos
Socioeconómicos (Sundde), quien fijará no solo los precios de bienes y
servicios, sino además los topes de ganancia por sector, los cuales en
ningún caso podrán superar el 30%, pero sí podrán ser más bajos si así
lo determina el Sundde.
Si
esto no fuera suficientemente contundente para afirmar el talante
comunista del Decreto Ley, entonces paséese por otros dos puntos:
Uno,
que este declara de utilidad pública e interés social todos los bienes y
servicios requeridos para desarrollar cualquier tipo de actividad de
producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y
comercialización de bienes y prestación de servicios. Es decir sujeto
toda actividad a expropiación, tal como se hizo con la Ley de tierras
que devastó el agro en el país.
Dos,
contempla fuertes sanciones y penalidades que afectan por igual al
propietario, a los socios y gerentes de las empresas que violen o
incumplan un menú de una treintena de diversas infracciones. Las
sanciones y penalidades incluyen desde onerosas multas, que oscilan
entre 200 UT a 50.000 UT; penas de prisión, de ocho hasta de 14 años;
ocupación y cierre temporal de la empresa o establecimiento comercial,
hasta su clausura definitiva, confiscación de bienes y revocatorias de
licencias, permisos, autorizaciones, certificados u otros actos
administrativos emitidos por la Sundde.
Y
si piensa que podrá evadir su yugo, olvídese: Primero, porque es de
obligatorio cumplimiento la inscripción en el Registro Único de Personas
que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae). Segundo, porque la Ley
crea un Certificado de Precios Justos, de carácter obligatorio e
indispensable para gestionar cualquier solicitud de divisas al Estado,
así para cualquier otro tipo de trámite que establezca a su discreción
el Ejecutivo Nacional. Para su obtención cada empresa deberá demostrar
ante la Sundde el cumplimiento de los parámetros establecidos en la Ley y
otros que la superintendencia imponga.
¡El comunismo ha llegado ya!
No comments:
Post a Comment