GUSTAVO LINARES BENZO | EL UNIVERSAL
domingo 13 de enero de 2013 12:00 AM
En la Gaceta Oficial del jueves pasado, 10 de enero, precisamente el día que debía juramentarse el presidente reelecto, aparecieron varias emisiones de deuda pública autorizadas a través de decretos del Presidente de la República, pero firmados por el vicepresidente. Los decretos en cuestión mantienen la numeración de los que ha venido dictando Chávez en estos tres lustros (van por más de nueve mil), y sólo las de esa Gaceta suman cerca de ochenta y cinco mil millones de bolívares (Bs. 85.000.000.000,00), es decir, ochenta y cinco billones de bolívares de los viejos, cuarenta veces el presupuesto anual de la UCV, para hacer alguna referencia con la realidad.
Nada nuevo en la conducta fiscal del gobierno, salvo por la formalidad de quien suscribe los decretos. Cualquiera que vaya a comprar esos títulos de deuda pública nacional (DPN en la jerga financiera) se debe estar preguntando si son válidos, si se los van a pagar cuando los presente dentro de los diez o veinte años de su maduración, o si se lo van a descontar los bancos o, si se trata de un banco, si los puede comprar sin violar la ley de bancos. Por supuesto que la institución financiera que se atreva a siquiera pensar en estos riesgos será multada y amenazada con lo peor, con el argumento entre otros de que la competencia del funcionario es una formalidad.
Este complejo problema no se debe a la ausencia de Chávez, sino a la sentencia del TSJ. Esa decisión pretendió resolverle un problema al gobierno y le creó mil, como éste de la deuda pública. Porque si el presidente Chávez está en pleno ejercicio de sus funciones, el vicepresidente Maduro no puede ejercerlas. Pero antes de irse a Cuba el Presidente delegó en Maduro varias de esas funciones, entre otras la "autorización de la operaciones de crédito público de los ministerios", cosa que también podría hacer si estuviera encargado. Pero, después de la sentencia y de la no toma de posesión pero sí comienzo del período de que ella habla, ¿sigue vigente la delegación? Supóngase que sí, entonces los DPN serían válidos. Imagínese ahora esta misma angustia pero en el Ministerio de Finanzas de China (con quien firmaremos más deuda en breve, o firmamos ya, nunca se sabe y menos cuando los los documentos están en chino, según los rumores), cómo serán las explicaciones de los abogados al ministro, como queda el fallo del TSJ traducido al mandarín.
Nada nuevo en la conducta fiscal del gobierno, salvo por la formalidad de quien suscribe los decretos. Cualquiera que vaya a comprar esos títulos de deuda pública nacional (DPN en la jerga financiera) se debe estar preguntando si son válidos, si se los van a pagar cuando los presente dentro de los diez o veinte años de su maduración, o si se lo van a descontar los bancos o, si se trata de un banco, si los puede comprar sin violar la ley de bancos. Por supuesto que la institución financiera que se atreva a siquiera pensar en estos riesgos será multada y amenazada con lo peor, con el argumento entre otros de que la competencia del funcionario es una formalidad.
Este complejo problema no se debe a la ausencia de Chávez, sino a la sentencia del TSJ. Esa decisión pretendió resolverle un problema al gobierno y le creó mil, como éste de la deuda pública. Porque si el presidente Chávez está en pleno ejercicio de sus funciones, el vicepresidente Maduro no puede ejercerlas. Pero antes de irse a Cuba el Presidente delegó en Maduro varias de esas funciones, entre otras la "autorización de la operaciones de crédito público de los ministerios", cosa que también podría hacer si estuviera encargado. Pero, después de la sentencia y de la no toma de posesión pero sí comienzo del período de que ella habla, ¿sigue vigente la delegación? Supóngase que sí, entonces los DPN serían válidos. Imagínese ahora esta misma angustia pero en el Ministerio de Finanzas de China (con quien firmaremos más deuda en breve, o firmamos ya, nunca se sabe y menos cuando los los documentos están en chino, según los rumores), cómo serán las explicaciones de los abogados al ministro, como queda el fallo del TSJ traducido al mandarín.
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