Sunday, November 5, 2017

Sobre el proceso contra Freddy Guevara; por Jesús Alejandro Loreto C.

El viernes 3 de noviembre de 2017, el vicepresidente de la República, Tareck El Aissami, declaró que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) habría prohibido salir del país al diputado Freddy Guevara, coordinador nacional interino del partido Voluntad Popular. No hubo antejuicio de mérito, pues el TSJ estimó que eso era innecesario ya que el vicepresidente de la Asamblea Nacional estaría cometiendo un delito flagrante y permanentemente. Esta decisión de la Sala Plena del TSJ fue el resultado de una petición de Tarek William Saab, designado por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) como Fiscal General de la República en sustitución de Luisa Ortega Díaz. En ese sentido, el TSJ remitió las actuaciones a la ANC para que allane la inmunidad parlamentaria de Guevara y sea luego juzgado por tribunales ordinaries.
Lo ocurrido en el caso de Guevara es un procedimiento de facto, pues nada de lo que ha sucedido está previsto en la Constitución o en la ley. Además, se hizo de manera tal que no se le concedió oportunidad alguna para defenderse. Desde el punto de vista práctico resulta absurdo a todas luces intentar impugnar este procedimiento.

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