Saturday, February 25, 2017

Caso Leopoldo López: sentencias infames

EN:


Carlos Sánchez Berzaín

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha producido un nuevo acto dictatorial confirmando la condena de casi 14 años de prisión contra Leopoldo López. Las dictaduras del socialismo del siglo XXI (SSXXI) controlan y utilizan el Poder Judicial como eje central para el sometimiento y represión en Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia y Nicaragua. Se trata de agentes políticos del régimen que con título de jueces dictan “sentencias infames”, en cuyo trámite y contenido se violan los derechos humanos de los acusados con el propósito de anular opositores, amedrentar a la ciudadanía y mantener la corrupción e impunidad de los gobernantes. Las sentencias infames de las dictaduras son nulas de pleno derecho y no pueden ni deben ser aceptadas, ni reconocidas por los Estados democráticos del mundo.
El caso de Leopoldo López en Venezuela es –entre otras cosas– el paradigma de la utilización de la justicia para cometer injusticia. Es la utilización política del sistema judicial para liquidar y anular líderes de oposición, es la prueba contra una dictadura que controla el Poder Judicial para encubrir propios delitos, es la barbarie de un sistema que en lugar de proteger los derechos humanos los viola deliberadamente, es la señal más grande de inseguridad ciudadana institucionalizada, es la vía segura para perpetrar “asesinato de la reputación”. Se trata de dar valor de “cosa juzgada” a una sentencia infame que conceptualizamos como “una decisión de una autoridad judicial que en su procedimiento o contenido viola los derechos humanos”.
El juzgamiento y condena del líder venezolano es solamente el más notorio de cientos de casos en la misma Venezuela, Cuba, Ecuador, Bolivia, Nicaragua y en la Argentina de los Kirchner, donde utilizando los procedimientos que deberían llamarse “legales” y obteniendo resoluciones judiciales que deberían ser de “justicia” se ha hecho y se hace todo lo contrario, violando: el “debido proceso legal”, “la presunción de inocencia”, “la igualdad de las partes”, el principio de “juez imparcial”, la “irretroactividad de la ley”, la “valoración de la prueba” y todo lo que sea necesario para obtener un fallo judicial previamente determinado por el poder político, acreditando además la inexistencia de “división e independencia de los órganos del poder publico”.
Leopoldo López fue acusado de la muerte de 43 personas producida en el año 2014 durante manifestaciones por la democracia en Venezuela. Es técnicamente un “linchamiento”, pues el proceso judicial estuvo precedido de una sentencia anunciada públicamente por el dictador venezolano y los derechos humanos del acusado fueron desconocidos. Leopoldo fue juzgado y condenado por los responsables y autores de los delitos por los que fue acusado. Con su condena el gobierno y sus operadores quedaron impunes, señalaron a su víctima y quien defendía la democracia es hoy un reo encarcelado y estigmatizado.
Esta dramática historia no es la primera y no será la última porque se trata de la “metodología represiva” que el castrismo ha implantado en su sistema del SSXXI. Cuba la aplica sistemáticamente y es notable –entre miles– el caso contra Armando Valladares que sufrió prisión por más de 22 años; la manipulación judicial de Rafael Correa para dictar sentencias en los casos El Universo, los 10 de Luluncoto, Isaías, Francisco Endara, los 29 indígenas de Saraguro y más; las masacres de Evo Morales desde la de octubre de 2003 en Bolivia con los autores y beneficiarios como acusadores y gobernantes (con decretos de amnistía a su favor) y sus víctimas perseguidos, exiliados y condenados con “sentencias infames”, como los miembros el Alto Mando Militar de 2003, hoy presos políticos, o los gobernadores de Pando, Beni, Tarija, Chuquisaca y Cochabamba, todos perseguidos por los jueces de la dictadura, y nuevos juicios buscando transar la perpetuación del dictador; Ortega en Nicaragua ha construido su reelección permanente con sentencias infames; la situación de miles de presos en Argentina por la acción política de los Kirchner para tomar ventaja del conflicto interno de los setenta convirtiendo la justicia en venganza y corrupción.
El asunto de fondo es que cualquier fallo o sentencia que viole los derechos fundamentales de la persona –una “sentencia infame”– no tiene jurídicamente ningún valor legal, es nula de pleno derecho, nunca ha nacido a la vida jurídica y no significa nada en un Estado de Derecho, porque solo se puede aplicar en el ámbito de fuerza, abuso y violación de los derechos humanos que impone un régimen dictatorial mientras el opresor controla el poder. Lo tremendo es que mientras la dictadura tiene el gobierno aplica sus sentencias infames y las víctimas sufren las consecuencias, pierden su libertad, sus familias son torturadas y condenadas a la pobreza, les anulan la vida política y civil y a veces hasta los conducen a la muerte; cuando la dictadura cesa los temas ya están olvidados, el daño ya está perpetrado, la revisión es imposible o si se hace tiene pocos efectos reales.
La manera de hacer frente a las sentencias infames es señalándolas, publicitando y explicando las violaciones que contienen y denunciándolas sin cansancio porque hay muchos Leopoldo víctimas de las dictaduras del SSXXI. Hay que identificar a los jueces verdugos de las dictaduras, para que ellos y sus amos sepan que no quedarán impunes. La lucha de Lilian Tintori, de las esposas y madres de los presos políticos de Venezuela, es un ejemplo. Es necesario recordar y demandar que los países con democracia, por respeto al “Estado de Derecho” en el que sustentan su legitimidad, no pueden aplicar ni reconocer estas sentencias. Las sentencias infames son nulas de pleno derecho.

No comments:

Post a Comment