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Edición elaborada por el Consejo Editorial de Laceiba.
La prohibición del TSJ
Según el TSJ, subordinado a Maduro, está prohibido exigir la publicación de los resultados electorales del 28 de julio en Venezuela, y a quien lo haga le ocurrirá lo mismo que a la abogada que introdujo el recurso de amparo para hacer valer el derecho de los venezolanos: multa, so pena de caer en desacato y ser encarcelada, y suspensión para ejercer su profesión.
Al Supremo le pareció “temeraria” la petición de la exconstituyentista de 2017, María Alejandra Diaz.
Aunque lo único temerario es la posición asumida por los magistrados al creer que, junto a Maduro, se pueden robar las elecciones sin enfrentar consecuencias.
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