EN: https://www.elnacional.com/2026/02/la-amnistia-empieza-derogando/
No bastará con liberar presos ni con proclamar una nueva etapa. Mientras sigan vigentes las leyes que criminalizan la disidencia y someten al ciudadano, la amnistía será solo un espejismo. La transición democrática empieza en el derecho: derogando.
Un país no se libera firmando decretos de perdón, sino desmontando las leyes que hicieron posible la persecución. Venezuela no conocerá una amnistía verdadera mientras continúe vigente el entramado jurídico que institucionalizó el miedo, penalizó la disidencia y convirtió la arbitrariedad en norma. El Estado autoritario no fue una anomalía improvisada: fue una legalidad cuidadosamente construida, ley tras ley, para controlar la economía, el pensamiento y la justicia.
Durante dos décadas y media, el chavismo y su prolongación madurista edificaron un orden jurídico paralelo que vació de contenido a la Constitución de 1999. En nombre de la revolución y del pueblo, el poder sustituyó los principios de supremacía constitucional y separación de poderes (artículo 136) por un sistema de decretos y leyes constitucionales dictadas al margen de la deliberación democrática. En ese marco, la represión fue revestida de legalidad. Por eso, antes de hablar de reconciliación, el país debe emprender una depuración normativa profunda.
Derogar no es destruir; es restablecer el sentido original del derecho. Si la amnistía busca “restituir derechos y garantías”, como establece el artículo 29 de la Constitución y el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, debe ir acompañada de la eliminación de todas las normas que contradicen esos principios. Liberar a un preso político sin desmontar las leyes que lo encerraron sería una forma de simulación democrática.
Entre las leyes más agresivas contra las libertades civiles destaca la Ley Constitucional contra el Odio (2017), que convierte sentimientos e ideas en delitos y ha servido para castigar la crítica. Viola la libertad de expresión consagrada en el artículo 57 y la presunción de inocencia del artículo 49. Junto a ella, la Ley Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista (2024) lleva las sanciones políticas a extremos grotescos: permite inhabilitaciones de hasta sesenta años, duplicando el límite máximo de treinta previsto en el artículo 44. Son textos concebidos para garantizar impunidad al poder y censura al ciudadano.
El mismo espíritu de control domina la Ley de Fiscalización y Financiamiento de las ONG (2024), que sustituye la notificación por autorización previa, en violación del artículo 52 sobre libertad de asociación y del artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Su propósito no es regular, sino asfixiar la autonomía de la sociedad civil. Lo complementan la Ley del Poder Popular y la Ley de Comunas, que imponen el llamado “Estado Comunal” y subordinan la participación a una ideología oficial, en abierta contradicción con el pluralismo político (artículo 2) y la estructura federal descentralizada (artículos 4 y 164).
El autoritarismo también se ha blindado en el terreno económico. Normas como la Ley de Precios Justos (2015), el Decreto Antimonopolio (2014) y la Ley de Arrendamientos (2011) anulan la libertad de empresa (artículo 112) y convierten la propiedad privada (artículo 115) en una concesión temporal del Estado. El mismo patrón se repite en las leyes tributarias recientes: el Impuesto a los Grandes Patrimonios y el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras desfiguran los principios de capacidad contributiva y no confiscatoriedad (artículos 316 y 317) para convertir la tributación en instrumento político.
A esto se suma la militarización de la vida civil. La Ley de Alistamiento (2014) viola la libertad de conciencia al imponer la inscripción obligatoria para estudiar o trabajar, mientras la Ley Constitucional de la Fuerza Armada (2020) politiza a la institución al definirla como “antiimperialista” y otorgarle funciones ajenas a su naturaleza profesional. La consecuencia es un ciudadano sometido a un Estado armado de ideología y uniforme.
El Poder Judicial fue reducido a instrumento de obediencia mediante la Reforma de la Ley del Tribunal Supremo (2022), que alteró el sistema de designación de magistrados (artículos 264 y 265) y eliminó la posibilidad real de renovación institucional. Así mismo, el Código Orgánico Tributario de 2020 despoja a los jueces de su función de control y permite al Ejecutivo ejecutar sanciones sin mediación judicial, vulnerando la tutela judicial efectiva (artículo 26) y el debido proceso (artículo 49).
El catálogo de normas iliberales se completa con la Ley de Transparencia (2021), que restringe el acceso a la información al criterio de “interés público”, y con la Ley Antibloqueo (2020), que autoriza al presidente a inaplicar leyes, manejar fondos discretos y firmar contratos sin control parlamentario. Todo ello contradice los artículos 137 y 150 de la Constitución, pilares del principio de legalidad y de la unidad del Tesoro. En la práctica, estas leyes han suprimido la rendición de cuentas y legalizado la opacidad.
No comments:
Post a Comment