Tuesday, January 22, 2013

Traspaso presidencial: Mentiras y verdades

En: http://www.eluniversal.com/opinion/130122/traspaso-presidencial-mentiras-y-verdades

JOSÉ LUIS MÉNDEZ LA FUENTE |  EL UNIVERSAL
martes 22 de enero de 2013  12:00 AM
Desde  que  el  mismo  Chávez, el sábado 8 de diciembre pasado,  dejara abierta  la posibilidad de llamar a elecciones de conformidad con la Constitución  Bolivariana, en el caso  de no  regresar  a Caracas el 10 de enero para su toma de posesión,  el oficialismo  comenzó a  urdir  la tesis  de que  si el presidente electo no se podía juramentar  ante la Asamblea Nacional en aquella fecha,  el  propio Art.  231 le permitía hacerlo ante el TSJ más adelante, sin incurrir en falta absoluta.  Esta  interpretación  del texto constitucional tenía,  sin embargo,  un defecto evidente y era  la brecha, o más bien, vacío de poder,  que  traía consigo y que la hacía a todas luces inapropiada. En efecto,  si no se quería admitir la falta absoluta del presidente electo, como en efecto no se admitió o reconoció, lo que traía como consecuencia que el presidente de la Asamblea  Nacional  no podía encargarse de la Presidencia de la República, como si lo ordenaba  el referido  artículo en el caso de declararse la falta absoluta, y el presidente saliente terminaba su mandato el propio día 10  de enero, ¿quién iba entonces a gobernar  a Venezuela en ese ínterin?  El escollo que resultaba  legalmente insalvable, se "solucionaría" más tarde con la absurda doctrina de la continuidad administrativa, concepto  que nada tiene que ver con la formalidad de la juramentación que todo funcionario público, aunque sea reelecto, debe cumplir, por tratarse de un requisito indispensable señalado  en la Ley del Estatuto de la Función Pública, para la toma de posesión del cargo e inicio en el mismo, que sería formalmente adoptada en la decisión anticonstitucional del TSJ del 9 de enero.

La oposición, por su parte, lejos de exigir que se declarara la falta absoluta del presidente electo, ante la imposibilidad de presentase  el  día 10 para la juramentación, tal como  lo  había anunciado el propio Chávez,  lo que finalmente ocurrió, se fue por las ramas y  manejó  la  tesis de que,  existía una  "falta temporal "  asimilable a  la falta absoluta, por lo cual  le correspondía al presidente de la Asamblea  Nacional  encargarse de la Presidencia de la República.  Una analogía peligrosa, que no podía hacerse, pues de conformidad con la  Constitución venezolana las faltas temporales están referidas al presidente en funciones, y de hecho quien las suple es  el vicepresidente, por lo que  en sana lógica es imposible hablar de la falta temporal  de un funcionario público que no está ejerciendo su función, como es el caso del presidente electo, quien ni siquiera había tomado posesión del cargo.  No obstante su  inconstitucionalidad, esta tesis de la ausencia o falta temporal que buscaba  que el presidente de la Asamblea Nacional se encargarse de la Presidencia de la República, como una salida con mayor legitimidad que la otra  planteada por el chavismo, tuvo buena acogida en los medios nacionales e internacionales, que se hicieron eco de la misma, dando así pie, en cierta medida, a la posición oficialista de que,  independientemente de si es al vicepresidente Maduro o al presidente de la Asamblea Nacional, Cabello,  a quien le corresponde detentar el poder en este momento, lo que ocurre en Venezuela es pasajero, pues Chávez  goza de un permiso dado con la aprobación de la oposición por la Asamblea Nacional.

Con relación a este permiso, debe decirse que el mismo fue otorgado a Chávez con el único propósito de operarse y recibir tratamiento en La Habana,  es decir,  que Chávez no viajó a Cuba como presidente en funciones, ya que no iba en misión oficial a Cuba,  sino como un particular autorizado a apartarse de su cargo mientras durase su convalecencia. Pretender darle al permiso en cuestión, una naturaleza  jurídica diferente a la de la falta temporal, es irracional, pues  la única verdad posible es que ese permiso no fue más que el medio formal por el cual se aprobó la ausencia temporal del presidente Chávez, lo  que automáticamente conllevaba a que el vicepresidente  tuviera que asumir la presidencia. Este permiso, en todo caso, dejó de tener sentido  el  10 de enero pasado, cuando expiró  el periodo presidencial, y no es extensible, en modo alguno, al presidente electo.

Si la posición del sector oficial resulta inverosímil, igualmente lo es la de la oposición, que con sus actuaciones contradictorias (como avalar con su presencia, después del 10 de enero, las reuniones del Consejo Federal de Gobierno o la presentación de la Memoria y Cuenta)  no ayuda a corregir el rumbo del desafuero constitucional en el que estamos metidos,  lo que contribuye a aumentar el grado de confusión existente dentro y fuera del país.

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