Monday, January 7, 2013

La declaración de Cilia Flores no es constitucional

En: http://www.noticierodigital.com/2013/01/raul-arrieta-la-declaracion-de-cilia-flores-no-es-constitucional/

ND (actualizado 7:58am) / foto cortesía Globovisión.- La Constitución nacional establece sin lugar a dudas que el período presidencial es de 6 años y termina el 10 de enero, por lo que la declaración de este domingo dada por la Procuradora General de la República no está sustentada en la Constitución. Así lo dijo el profesor de posgrado de la Universidad Central de Venezuela, abogado constitucionalista Raúl Arrieta, en Primera Página de Globovisión con Jeanelie Briceño.
“La declaración de Cilia Flores no es constitucional. En la Constitución no hay continuidad; el período es de 6 años y como lo ha dicho el propio Tribunal Supremo en Sala Constitucional, ese período constitucional termina el 10 de enero y el 10 de enero se inicia un nuevo período constitucional”, dijo. “Que sea la misma persona u otra diferente es irrelevante”.
Para Arrieta, el Presidente Electo debe juramentarse el 10 de enero porque ese día se inicia el período constitucional.
Aseguró también que las las causas sobrevenidas que se mencionan en el artículo 231 de la Constitución no tienen que ver con el Presidente Electo. Arrieta recordó que durante la discusión en la Asamblea Nacional Constituyente se eliminó por unanimidad un artículo relativo a las faltas temporales del Candidato Electo bajo el argumento, dado por Claudio Fermín, que no podía haber una falta temporal de un Presidente Electo.
Recordó también que la Constitución de 1961 era más flexible en este punto pues otorgaba 10 días habiles al Presidente Electo para tomar posesión de su cargo.
El profesor de Derecho Constitucional aseguró que las interpretacioens dadas por Diosdado Cabello, Nicolás Maduro, la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y la Procurador Genera de la República “son todas contradictorias”. Aseguró también, sin mencionar nombres, que la oposición “ha caido en un absurdo similar”.
“Si usted quiere torcer la interpretación, bueno, ¿qué puedo hacer yo?”, dijo.“Lo que para mí es inaceptable es este dime y direte de interpretaciones que no dicen nada con relación a la Constitución”.
Para Arrieta, las interpretaciones dadas por los altos funcionarios del Gobierno son una “nueva religión”, una “profesión de fe” sin asidero en la Constitución. “Chávez gobierna aunque no esté; Chávez sigue siendo presidente aunque no se juramente; Chávez está bien auqne no haya un parte medico”, dijo.
En caso de que el Presidente Electo no asuma el 10 de enero, aseguró Arrieta, el Presidente de la Asamblea Nacional podrá nombrar los ministros que quiera o ratificar los que hay durante el período de 30 días máximo. Aquí rechazó la interpretación hecha por el diputado y Coordinador Nacional del Movimiento Primero Justicia, Julio Borges, y dijo que el 10 de enero no solo cesa en funciones el Presidente en ejercicio sino también los ministros, incluyendo al Vicepresidente Ejecutivo. “Uno de los efectos del término del período constitucional es la vacancia de todos esos cargos”, dijo.

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