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En pocas palabras. Javier J. Jaspe
Washington D.C. / Análisis Libre
Las
preguntas de la consulta popular
El pueblo venezolano ha sido convocado por la Asamblea
Nacional (AN), la unidad democrática y diversas organizaciones representativas
de la sociedad venezolana, a una consulta popular que se llevará a cabo el
próximo 16 de los corrientes, mediante un plebiscito que incluye, según la
versión disponible, el dar respuesta con un “sí” o un “no”, a las siguientes
tres interrogantes:
"¿Rechaza
o desconoce la realización de una Asamblea Constituyente propuesta por el
presidente Nicolás Maduro sin la aprobación del pueblo venezolano?".
"¿Demanda
a la Fuerza Armada y todos los funcionarios públicos obedecer y defender la
Constitución de 1999 y respaldar a la Asamblea Nacional?".
"¿Aprueba
que se proceda a la renovación de los poderes públicos de acuerdo a lo
establecido en la Constitución y a la realización de elecciones libres y
transparentes, así como la conformación de un Gobierno de unidad nacional para
restituir el orden constitucional?".
No viene al caso en este momento entrar a discutir si
las preguntas pudieron ser redactadas de otra forma o si su número pudo haber
sido reducido o aumentado. Estas son consideraciones de forma que en razón de
los rigores del tiempo faltante para la realización del indicado evento, poco
contribuirían a lograr los objetivos de la consulta popular planteada. En
cambio, desde el punto de vista sustantivo, no puede dejar de expresarse que
las aludidas preguntas tienden a dar la oportunidad al pueblo para que se
pronuncia sobre tres materias de capital importancia en la hora presente
venezolana.
En efecto, la primera pregunta va directamente al
meollo de la Asamblea Nacional Constituyente Originaria (ANCO) convocada
inconstitucionalmente por Nicolás Maduro
Moros, quien omitió consultar al pueblo como lo exige el artículo 347 de la
Constitución, con el fin de que el pueblo manifieste su rechazo y
desconocimiento a la ANCO a tenor de lo pautado en el artículo 350 del mismo
texto constitucional. La segunda, tiene que ver con una materia que le es
inherente a la Asamblea Nacional (AN), ya que este importante poder público,
representante legítimo de la soberanía popular,
ha sido, de manera abiertamente inconstitucional, objeto de desconocimiento permanente y hasta de agresiones físicas a sus miembros, por
parte de Nicolas Maduro, su régimen y la élite militar que lo apoya.
Finalmente, la tercera interrogante está destinada a abrir paso a la necesidad de que
se realicen elecciones libres y transparentes, para la renovación de los
poderes públicos de acuerdo con la Constitución, incluida la conformación de un
Gobierno de unidad nacional para restituir el orden constitucional. Esta
pregunta y, más propiamente, la
respuesta afirmativa del pueblo, lleva como finalidad la de obtener la
aprobación de las medidas que permitirían a la AN restablecer el orden
constitucional violado por Maduro y su regimen, tal y como lo manda el artículo
333 de la Constitución.
La
racionalidad de la consulta popular mediante plebiscito
Con motivo de que se formulara la convocatoria a la
consulta popular, no se han dejado de escuchar algunas críticas sobre la
inoportunidad de la misma, ya que al tratarse de un evento electoral más bien
tendería a crear un ambiente propicio para que el gobierno insista en la
elección de los miembros de la ANCO el próximo 30 de julio; o por parte de quienes sostienen que la
realización del plebiscito distraería las acciones de calle que se han venido
realizando en los últimos 100 días en contra de Maduro y su régimen, e incluso
por otros que alegan su inutilidad por
cuanto al ser realizada sin el concurso del Consejo Nacional Electoral (CNE),
pareciera que la oposición estuviese realizando una especie de acto unilateral
sin presencia de una entidad externa contralora…
Con la debida consideración a los que así critican,
me parece que los señalamientos anteriores han sido desvirtuados por la
realidad, como sucede con la protesta de calle, la cual, lejos de haberse
enfriado, se ha mantenido y más bien intensificado. Por su parte, la unidad
democrática ha previsto la participación de observadores imparciales con el fin
de que terceros de buena fe brinden testimonio creíble de la realización del
plebiscito, sin que ninguna posibilidad quepa para echar de menos al CNE, cuya mayoría
ha dado y sigue dando en la elección de la ANCO abundantes muestras de su
parcialización en favor de Maduro y su régimen. Asímismo, un evento como el
plebiscito, a pesar de su carácter electoral, difícilmente podría ayudar a
crear un ambiente favorable a la elección de la ANCO, pues su propósito es,
precisamente, rechazar y desconocer esta última.
Las
principales razones que justifican la convocatoria del plebiscito
Pero, si alguna duda quedase, son las principales
razones que privan en favor de la convocatoria y realización de la consulta
popular mediante el plesbicito que nos ocupa, lo que permite desvanecer
críticas como las antes indicadas. Veamos aunque sea de manera breve tales
razones:
La razón
política
En una exposición coherente y oportuna, los
dirigentes de la unidad democrática han establecido como razón política del
plebiscito, la necesidad de que en la
lucha contra la dictadura de Maduro, cada vez más represiva y sanguinaria en
contra del pueblo venezolano, el cual lucha por su supervivencia en el medio
de muy difíciles condiciones económicas
y sociales, se logren tres objetivos: (i) “la mayor presión
social que conozca la historia venezolana sobre un régimen ilegítimo, lanzando
a la calle a millones de compatriotas en todo el país, en un objetivo que
abriga cual bandera común a todos los venezolanos, sin distingo de su ideología
política o identificación partidista, que es la defensa de la patria amenazada”; (ii) “enviar un mensaje
contundente e irrefutable de la decisión de los venezolanos por defender el
pacto social que constituye nuestra actual Constitución. En ella cabemos todos.
En el fraudulento invento constituyente de Maduro cabe solo él. (iii) “Finalmente, el
tercer objetivo es lograr una legitimación popular lo más amplia, diversa y
categórica posible, para poder activar la fase superior de lucha, que ocurrirá
si Maduro no retira su propuesta de fraude constituyente e insiste en su
propósito de destrucción de la República….” (Ángel Oropeza: ¿Qué se busca el 16?: http://www.el-nacional.com/noticias/columnista/que-busca_192414).
Aunque posiblemente se encuentra implícito en estos
objetivos politicos, luce adecuado señalar que posiblemente algunos extrañarán
la inclusión de una referencia explícita a la necesidad de echarle un parao a
la influencia del gobierno cubano en Venezuela, el cual ejerce la suprema
dirección de los asuntos sobre los cuales Maduro y el cogollito militar que lo
sostiene rinde cuenta y culto. Sinembargo, reconforta que el pueblo ya se haya
encargado de advertir este objetivo en el sentir de la siempre admirada gaita
marabina (https://www.youtube.com/watch?v=qrG_RQA4tdQ).
La
razón juridica
Si el dato politico del asunto que se ventila no
fuese suficiente, es satisfactorio registrar que el comportamiento politico que
ha llevado a la celebración del acto plebiscitario del próximo 16 de los
corrientes, según lo antes indicado, encuentra plena correspondencia en las
disposiciones constitucionales que le son aplicables. En primer término, nótese
que la convocatoria se ha hecho al pueblo venezolano, quien es el que ha
resultado agraviado con el comportamiento de Maduro y su regimen al haber
convocado la ANCO sin su consentimiento, como lo exige el artículo 347 de la
Constitución, y es el pueblo venezolano quien además ha sido objeto de la más
brutal y feroz represión militar en los últimos 100 días, ocasionando más de 92
víctimas, miles de heridos y centenares de detenidos. Por tanto, es el pueblo
quien debe ser el protagonista de las acciones tendentes a que se desconozca el
regimen de Maduro y se restablezca la vigencia de la Constitución, conforme se
establece en sus artículos 333 y 350.
Por otra parte, destacados miembros del foro jurídico
venezolano, le han salido al paso a los señalamientos leguleyescos de los
voceros rábulas del madurismo, donde se sostiene que la consulta popular
mediante el plebiscito que nos ocupa no tendría asidero en la Constitución
vigente. A este respecto, con atinado criterio, se ha expuesto:
“Algunos
han opinado que ningún
artículo de la Constitución permite la realización de consultas electorales sin
participación del Consejo Nacional Electoral. Desde el Gobierno, por su parte,
se ha señalado que esta consulta no tiene base constitucional
pues no pasa por el Poder Electoral, opinión que muy seguramente será repetida
por la Sala Constitucional. Algunos llegan al extremo de calificar a la
consulta como golpe de Estado.
Creo
que todas estas opiniones están equivocadas.
El
artículo 5 de la Constitución dispone que la soberanía reside en el pueblo, el
cual podrá ejercerá no solo a través del sufragio (democracia representativa)
sino también a través de mecanismos de participación ciudadana (democracia
participativa). Los artículos 62 y 70 de la Constitución reconocen el derecho
de los ciudadanos a participar democráticamente por cualquier medio que no esté
expresamente prohibido, y enumeran, en este sentido, algunos de esos medios.
Aquí
está el detalle. Quienes objetan la constitucionalidad de esta consulta, parten
del criterio según el cual los ciudadanos solo pueden ser consultados por medio
del referendo. La realidad es otra: los ciudadanos pueden participar a través
de cualquier mecanismo, aún cuando no se trate de un referendo.
Bajo
esta óptica, podemos volver a leer el artículo 70 de la Constitución para
darnos cuenta de que junto al referendo, la norma también reconoce, entre otros
medios de participación, la “consulta popular”.
Precisamente
lo que está promoviendo la Asamblea Nacional, en sentido estricto, es una
“consulta popular” sobre las decisiones políticas que la Asamblea Nacional debe
adoptar en el marco del artículo 333 de la Constitución.
Precisamente
dentro de las competencias de la AN, encontramos en el numeral 4 del artículo
187 constitucional lo siguiente: “organizar y promover la participación
ciudadana en los asuntos de su competencia”. Esta competencia es
ampliada en el artículo 127 del Reglamento Interior y de Debate.
Por
lo tanto, la AN, de acuerdo con sus competencias, puede y debe promover la
participación ciudadana mediante consultas populares que no deben pasar por el
Consejo Nacional Electoral, pues lo contrario implicaría una violación a la
autonomía del Parlamento. De hecho, este tipo de consultas populares son muy
comunes, por ejemplo cuando la Asamblea discute Leyes” (http://prodavinci.com/blogs/sobre-la-constitucionalidad-de-la-consulta-popular-del-16-de-julio-por-jose-ignacio-hernandez/).
Otras
razones
Además de lo antes expresado, dos razones adicionales
parecen estar concurriendo en provecho de la racionalidad de convocar la
celebración de la referida consulta popular mediante plebiscito. La primera se
relaciona con la creciente importancia que ha venido adquiriendo la actitud de
la Fiscal General de la República, en el cuestionamiento de Maduro y su
regimen, así como elemento motivante del aglutinamiento del chavismo disidente
en contra de la ANCO. Cada día son mayores los militantes del chavismo
disidente que adversan a Maduro y la ANCO, con lo cual, de llegarse a un
acercamiento constructivo entre este sector del chavismo y los convocantes del
aludido plebiscito, no es descartable que un buen contingente de dicho sector
se haga presente en la consulta popular del próximo 16 J.
La otra razón se encuentra vinculada al reciente otorgamiento
de casa por carcel a Leopoldo López, uno de los líderes fundamentales de la
oposición democrática venezolana. Todavía es prematuro para evaluar en todos
sus efectos e implicaciones esta medida de Maduro valiéndose de la complicidad
del Tribunal Supremo de Justicia, su aliado de fechorías en contra del pueblo
venezolano. Sinembargo, a estas alturas, luce infantiloide el pretendido afán
de Maduro de lavarse las manos como Pilatos en este asunto. Otros han sostenido
que se trata de una maniobra orquestada por Maduro con el concurso de sus
carnales cubanos, con el fin de poner en evidencia que la Fiscal General de la
República fue pieza clave para juzgar y encarcelar a Leopoldo. Me cuesta
aceptar esta explicación, pues la medida de casa por carcel es de una
naturaleza incidental que no entra a cuestionar el fondo del juicio ni la
condena impuesta al reo quien, por lo demás, como es el caso de Leopoldo,
continua preso aunque en un recinto distinto al de Ramo Verde.
En mi opinion, la medida otorgada a Leopoldo López es
producto de un acto desesperado de Maduro, ante el desprendimiento de elementos
del chavismo que le venían siendo adeptos. En la escala de valores de los
regimenes dictatoriales como el presidido por Maduro, especialmente los
calcados de la escuela castrocomunista cubana de donde nutre sus enseñanzas,
las consideraciones hacia los presos politicos del regimen constituyen actos
intolerables de debilidad que representan un quiebre frente al enemigo. Por
tanto, aún cuando posiblemente trata de disfrazar este hecho mientras baila al
ritmo de la salsa caribeña que ameniza su programa o los actos donde participa,
lo cierto es que Maduro se quebró en esta oportunidad y los efectos de este
quiebre no se harán esperar en los próximos días, incluidos los que se sucederán
después del 16 J…
La
llamada hora “0”
En los últimos días se ha venido utilizando en el
argot politico nacional, la idea de que celebrada la consulta popular del
próximo 16 se sucederá la hora “0”, dando paso al conjunto de acciones que se
realizarían en caso de que el regimen madurista no retire antes del 30 de julio
su espuria convocatoria de la ANCO. Pues bien, me parece que esta idea ha
dejado de ser una conseja de corrillos politicos para recogerse en documentos
que representan el sentir de los convocantes de dicha consulta popular. En
efecto, en el mismo artículo citado arriba, cuando se hace referencia a la
razón política, se le formula una grave advertencia sin ambages a Maduro y su
régimen, para concluir con un párrafo que releva de comentarios y no podemos
dejar de transcribir en toda su extension:
“En
el documento suscrito por los distintos sectores sociales del país, en el que
se solicita se convoque el Proceso Nacional de Decisión Soberana, amparados en
lo establecido en los artículos 5, 62, 70 y 187 de nuestra carta magna, hay un
llamado a que Maduro considere el enorme rechazo que tiene su fraude
constituyente en las bases populares, a que considere a cada uno de los muertos
que hoy pesan sobre su proyecto político y proceda a retirar su propuesta. Pero
se le advierte que es el pueblo entero quien se lo demanda y, si se mantiene en
su empeño totalitario, será el pueblo entero quien se lo cobre. En otras
palabras, si Maduro decide ignorar este llamado, la advertencia es que se
arriesga a que la fuerza poderosa del pueblo venezolano decida reclamar sus
derechos como lo ha hecho cada vez que un tirano ha pretendido oponerse a sus
deseos legítimos de libertad. El éxito del 16 dependerá fundamentalmente de la
participación masiva y valiente de todos. Como corresponde a toda lucha contra
un régimen tiránico, no hay garantías. La única garantía hoy es que, si
fallamos, nos roben el país.”
(Ángel Oropeza: ¿Qué se busca el 16?: http://www.el-nacional.com/noticias/columnista/que-busca_192414.
En
pocas palabras, la consulta popular mediante el plebiscito convocado a
celebrarse el próximo 16 de los corrientes constituye un acto de singular
importancia del pueblo venezolano para luchar contra la Asamblea Nacional
Constituyente Originaria convocada de manera abiertamente inconstitucional por
Nicolás Maduro Moros. En los párrafos que anteceden se exponen las razones que
respaldan favorablemente dicho evento y a ellos remitimos. Invitamos a todos
los que puedan asistir, a concurrir a los centros electorales a estampar el
“sí” al contestar las preguntas del plebiscito y finalizamos repitiendo las
juiciosas palabras del texto citado arriba: “El éxito del 16 dependerá fundamentalmente de la participación masiva
y valiente de todos. Como corresponde a toda lucha contra un régimen tiránico,
no hay garantías. La única garantía hoy es que, si fallamos, nos roben el
país.” !Libertad plena e inmediata para Leopoldo López y demás presos politicos venezolanos! Veremos…
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