12 DE OCTUBRE 2016 - 12:01 AM
“La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida” (artículo 83 de la Constitución). Esta obligación del Estado se concreta no solo en el diseño de las políticas sanitarias, sino también en la creación y funcionamiento eficaz de un sistema de salud pública (artículo 84 de la Constitución).
En Venezuela no se ha logrado la creación de un sistema de salud pública adecuado y cónsono con las necesidades de su población, lo cual contrasta con el despilfarro del inmenso ingreso petrolero que ha debido servir para consolidarlo.
El temor a un brote de difteria, por la supuesta deficiente vacunación que se ha presentado a raíz de unos casos de la enfermedad en el estado Bolívar, es motivo de preocupación y requiere de una respuesta por parte de los órganos del Estado.
La crisis sanitaria puede ser vista como otra consecuencia más de la crisis económica generada por un Estado que, en lugar de concretar sus actuaciones a garantizar la salud, seguridad, educación, y servicios públicos esenciales, se ha encargado de intervenir la acción económica para denegar las condiciones necesarias para que sea la población civil quien realice, lo que está llamada naturalmente a hacer, esto es, las actividades económicas, comerciales e industriales, que conllevan al enriquecimiento y elevación del nivel de vida de la población.
Negadas estas condiciones para que los venezolanos y la inversión extranjera se dediquen a las actividades de generación de riqueza y desarrollo económico que se proyecta en lo social en el bienestar de la colectividad, la consecuencia es el empobrecimiento en todos los órdenes, y uno de ellos es, lamentablemente, el tema sanitario. El tema sanitario se agrava en la misma proporción en la que se empobrece la sociedad.
Expertos en la materia dejan constancia que la difteria fue erradicada en el país desde el año 1992, y que el control de esta erradicación se garantizaba a través de la simple aplicación de la vacuna (la triple). Siendo ello así, y teniendo en cuenta que los órganos del Estado deben garantizar la salud, el sistema público tendría toda la responsabilidad en el suministro de la vacuna.
Pero también tiene el Estado en este mismo cometido de garantizar la salud de sus ciudadanos, la responsabilidad del control de su aplicación, mediante la instrumentación de medidas administrativas que permitan verificar que efectivamente la misma se ha seguido suministrando a todos los niños de forma sostenida. El control del esquema de inmunizaciones es, sin duda, competencia del Estado, es la concreción de su obligación de garantizar la salud y la vida, como derechos esenciales.
Negar la crisis que pueda plantearse por el efecto de la falta en la prestación de este servicio público o cuando menos en el ejercicio de esta actividad de control no corrige el serio peligro que implica el que efectivamente no se esté cumpliendo este protocolo de vacunación.
Otra manifestación de esta crisis es la denunciada epidemia de tuberculosis en la Penitenciaría General de Venezuela, la cual se dice ha cobrado la cifra de 6 muertos, y amenaza el contagio, en una población de 11.700 personas más la visita (El Nacional, edición de 9 de octubre de 2016).
Si a esto se une la falta de medicamentos, suministros y equipos médicos, así como el deterioro de la infraestructura hospitalaria del país, la denuncia de una posible crisis sanitaria debe entenderse no como una amenaza sino como una alerta muy seria del peligro que se cierne en la población y que requiere urgente y prioritaria atención por los órganos del Estado, que no pueden abandonar esta función por cuanto la misma es esencial, es la razón de ser de la organización estatal.
Estas experiencias tienen que llevar a reflexionar que en Venezuela debe redimensionarse el papel del Estado, ajustándolo al cumplimiento prioritario de las tareas fundamentales, orden público, salud, educación, seguridad, y cumplidas estas, a la necesaria ordenación de la economía de forma que se permita al individuo ejercer su libertad enderezada a la creación de las condiciones para el desarrollo y prosperidad económica y social.
No comments:
Post a Comment