(Montevideo, 24 de mayo. AFP) – Los sistemas electorales en América Latina muestran cuatro modalidades respecto a la reelección.
Reelección consecutiva indefinida
La reelección inmediata se aprobó en Venezuela con la Constitución de 2000, impulsada por Hugo Chávez. Anteriormente se permitía la reelección pero luego de los 10 años siguientes a la culminación del mandato presidencial.En 2007 una enmienda propuesta por Chávez para establecer la reelección indefinida, consecutiva y para todos los cargos de elección popular fue rechazada en referéndum, pero aceptada en 2009 por el 54,36% de los votantes. El mandato presidencial es de seis años.
Reelección consecutiva por una vez
En Argentina se consagró con la reforma constitucional de 1994, bajo la presidencia de Carlos Menem, el primero en ser reelecto en 1995; los mandatos son de cuatro años con la posibilidad de una sola reelección.En Brasil entró en vigor en 1998 luego de una enmienda constitucional para elegir por segundo mandato al socialdemócrata Fernando Henrique Cardoso (1995-2002). El presidente brasileño puede concurrir a máximo dos mandatos consecutivos.
En Bolivia, la Constitución aprobada en referéndum en 2009 introdujo esta figura, pues hasta entonces se permitía una sola reelección pero tras pasar un periodo presidencial, de 5 años.
Colombia adoptó en 2005 la reelección inmediata impulsada por Álvaro Uribe (2002-2010). Uribe intentó una segunda reelección inmediata pero la Corte Constitucional cerró esa posibilidad al declararla inconstitucional, en 2010. El periodo presidencial es de cuatro años.
En Ecuador la Constitución de 2008, impulsada por Rafael Correa, establece la reelección inmediata y por una sola vez por un período de cuatro años. Antes de la carta política de 2008, la reelección estaba autorizada en períodos no consecutivos y de manera indefinida.
Nicaragua autorizó la reelección en el 2011, en virtud de un polémico fallo judicial dictado en 2010 que benefició solo al presidente Daniel Ortega. El mandato es de cinco años y se permite solo una reelección.
Reelección no consecutiva
En República Dominicana, la Constitución de 2010, impulsada por Leonel Fernández, permite la reelección sólo después de un mandato de receso. Hasta 1994, año de una crisis postelectoral por denuncias de fraude contra el seis veces presidente Joaquín Balaguer, la reelección era continua e ilimitada. Ese año hubo un acuerdo político para prohibir la reelección en todas sus formas. En 2002, Hipólito Mejía (2000-2004) impulsó una reforma constitucional que permitía la reelección por un período inmediato y nunca más; en 2004 se repostuló pero perdió.En Chile en 2005 una reforma acortó el período presidencial de seis años a cuatro y mantuvo la prohibición de la reelección inmediata, aún vigente. Pero la legislación permite la reelección transcurrido un período presidencial.
En Uruguay, transcurrido al menos un mandato presidencial, de cinco años, un expresidente puede ser nuevamente candidato.
En Costa Rica, donde la reelección presidencial estaba prohibida, en 2003 la Corte Suprema de Justicia anuló esa disposición a instancias del ex presidente Oscar Arias, quien ya había gobernado entre 1990 y 1996. Sin embargo, la reelección no puede ser sucesiva sino después de pasado un mandato, de seis años.
En el caso de Panamá, un presidente puede volver a presentarse 10 años después de abandonar el cargo, de 5 años.
Sin reelección
México no permite la reelección en ningún caso y el periodo presidencial es de seis años. La prohibición de la reelección presidencial fue establecida en la Constitución de 1917 que se promulgó durante la Revolución Mexicana.Paraguay, El Salvador, Guatemala y Honduras también la prohíben
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