Tal como el presidente de la Asamblea Nacional prometió después de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre, se nombraron, antes de entregar su cargo, a los 13 magistrados principales y a los 21 suplentes del Tribunal Supremo de Justicia (http://www.lapatilla.com/ site/2015/12/08/cabello-le- informa-a-maduro-que- nombraran-magistrados-del-tsj- antes-de-entregar-la-an/).
Este nombramiento lo hizo el 23 de diciembre, un día antes de que concluyera el lapso legal de impugnaciones. Sin embargo, para lograrlo en tan poco tiempo tuvo que violar la Constitución (artículo 264), la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (artículos 38, 70, 71, 73 y 74), el Reglamento del Comité de Postulaciones Judiciales (artículos 24 y 31) y el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional (artículos 58 y 64), sin hacer mención a todos los principios y normas internacionales sobre independencia judicial, separación de poderes y democracia.
Este nombramiento lo hizo el 23 de diciembre, un día antes de que concluyera el lapso legal de impugnaciones. Sin embargo, para lograrlo en tan poco tiempo tuvo que violar la Constitución (artículo 264), la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (artículos 38, 70, 71, 73 y 74), el Reglamento del Comité de Postulaciones Judiciales (artículos 24 y 31) y el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional (artículos 58 y 64), sin hacer mención a todos los principios y normas internacionales sobre independencia judicial, separación de poderes y democracia.
A pesar de ello, en la página web de la Asamblea Nacional, su presidente declara haber cumplido con la Constitución e incluso que la respeta. Sobre esto, es importante aclarar que decir algo varias veces, no hace que se vuelva cierto.
A las irregularidades cometidas durante este proceso de selección y designación se añade la escandalosa declaración del presidente del Comité, Elvis Amoroso, quien el 22 de diciembre al informar que los candidatos a magistrados ya habían sido preseleccionados, afirmó que ese Comité cumplió con la Constitución (http://www.asambleanacional. gob.ve/noticia/show/id/13921), y además dijo que respetó el lapso de impugnación (http://www.panorama.com.ve/ politicayeconomia/Conozca-la- lista-de-Magistrados-del-TSJ- designados-por-la-Asamblea- Nacional-20151223-0046.html), cuando en realidad no lo hizo ( era hasta el 23-12).
A las irregularidades cometidas durante este proceso de selección y designación se añade la escandalosa declaración del presidente del Comité, Elvis Amoroso, quien el 22 de diciembre al informar que los candidatos a magistrados ya habían sido preseleccionados, afirmó que ese Comité cumplió con la Constitución (http://www.asambleanacional.
Adicionalmente, debe decirse que ese Comité no se pronunció sobre las impugnaciones que se efectuaron de todos los postulados (http://www.el-nacional.com/ politica/Impugnaron- candidaturas-aspirantes- magistrados-TSJ_0_758924332. html), no publicó el baremo, no envió la lista de preseleccionados al Poder Ciudadano al día siguiente a la preselección realizada (http://www.accesoalajusticia. org/noticias/detalle.php? notid=13119#.Vnx2YfnhBdg), y preseleccionó como magistrados a activistas políticos (http://versionfinal.com.ve/ politica-dinero/calixto- ortega-y-christian-zerpa- entre-magistrados-principales- del-tsj/), a pesar de la expresa norma constitucional en contra (artículo 256).
La transparencia del proceso y su constitucionalidad se ven especialmente cuestionadas además por el hecho que Elvis Amoroso, presidente del Comité, actuó al mismo tiempo como parte del que preselecciona (el Comité), como candidato a ser elegido, es decir, como postulado a magistrado (http://www.accesoalajusticia. org/noticias/detalle.php? notid=13280#.VnxtYvnhBdg), y además como parte del que designa (vicepresidente de la Asamblea Nacional).
Aunque debe decirse que hace unos días dejó de ser presidente del Comité para aparecer entre el grupo de postulados a magistrados, pero como consecuencia de ello se nombró a su hijo como secretario de ese Comité (http://www.accesoalajusticia. org/noticias/detalle.php? notid=13280#.VnxtYvnhBdg) y en el momento de la preselección definitiva apareció nuevamente como presidente de ese Comité.
Lo anterior denota cómo se han hecho cambios en el proceso de selección de magistrados sobre la marcha y según lo que se requiere y decide y no según la norma, que establece parámetros claros y fijos. Esto muestra que se trata de procesos politizados, y no constitucionales ni legales.
Evidentemente con este panorama el resultado de este proceso de selección no puede ser alentador: hay magistrados designados que son activistas políticos, y otros que no cumplen con los requisitos constitucionales, además de estar lleno de irregularidades todo el proceso de selección y designación (http://www.accesoalajusticia. org/noticias/detalle.php? notid=12663#.Vnx4xvnhBdh).
El problema práctico que se plantea es que si la nueva Asamblea Nacional aprueba una ley, un Tribunal Supremo de Justicia nombrado en estar indignas circunstancias puede declararla inconstitucional, incluso antes de su promulgación (http://www.accesoalajusticia. org/noticias/detalle.php? notid=13287#.Vnxw5_nhBdg) y si esto se trata como un tema político y no jurídico, todo puede ser declarado inconstitucional, sólo como una manera de frenar la gestión de la nueva Asamblea Nacional, a pesar de haber sido elegida por el pueblo.
Estas designaciones politizadas de magistrados se agravan si se considera que es un hecho notorio que los actuales magistrados del Tribunal Supremo de Justicia consideran en su gran mayoría que su rol es ejecutar el “Plan de la Patria”, incluso por encima de la Constitución, a pesar de ser simplemente un plan de gobierno. Esto lo demuestra su recientemente aprobado “Plan Estratégico del Poder Judicial, 2013-2019” (http://www.tsj.gob.ve/ documents/10184/65420/Plan+ Estrategico+Poder+Judicial+ 2013+2019/d75ed055-ef14-4b78- ac8b-559af21ac3aa), en cuya página 7 se puede leer: “Hugo Chávez Frías… destacado estadista y mandatario de primer orden del pueblo venezolano, sigue ejerciendo un liderazgo popular caracterizado”.
¿Y a ti venezolano cómo te afecta?
Sin pluralismo político; sin alternabilidad, sin jueces independientes, sin respeto a las normas, y sobre todo sin respeto al voto, no hay democracia. Y sin democracia, no hay derechos y sin libertad, no hay derechos. Sólo un poder judicial independiente puede garantizar tus derechos frente al gobernante de turno y no permitir que este se quede en el poder, porque como decía un filósofo francés, Montesquieu, es una experiencia eterna que todo hombre que ejerce el poder y permanece en este, abusa de él.
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