El Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello (Ucab) calificó como una “grave obstrucción al ejercicio de los derechos políticos” la actuación del Consejo Nacional Electoral (CNE) en lo concerniente a la revisión de las firmas para la solciitud del referéndum revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.
“Exigimos a las autoridades electorales que cumplan de manera estricta con el mandato de la Constitución, las leyes y reglamentos vigentes yestablezcan fecha definitiva para la validación del 1% de manifestaciones de voluntad, así como la publicación de un cronograma de las siguientes etapas del proceso revocatorio. Así mismo, emplazamos al CNE a que convoque durante este mismo mes a las elecciones regionales y publique el cronograma respectivo, a los fines de garantizar el cumplimiento de la Constitución y leyes de la República”, expresan.
En el texto manifiestan su petición de que la ley electoral sea reformada. "Consideramos imperativo una Reforma Electoral que procure reglas de juego justas, transparentes y equitativas, que reduzca los altos niveles de discrecionalidad del Consejo Nacional Electoral; a fin de alcanzar mejores niveles de integridad en los procesos electorales de nuestro país", agregan.
A continuación el comunicado:
El Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello manifiesta su profunda preocupación por las acciones y omisiones del Consejo Nacional Electoral, las cuales suponen una grave obstrucción al ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos establecidos en la Constitucional Nacional.
Ante la solicitud de activación del referéndum revocatorio del mandato del Presidente de la República establecido en el Artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Consejo Nacional Electoral ha tomado decisiones que van en sentido contrario a los principios establecidos en la Constitución. Según el Artículo 6 de nuestra carta magna: “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”. Así mismo, el Artículo 70 de la Constitución indica que: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente,…”.
De manera que, las acciones y decisiones del Consejo Nacional Electoral deben ir siempre orientadas a salvaguardar y promover el derecho de los ciudadanos a expresar su opinión sobre la revocatoria del mandato de cualquier funcionario electo, y siguiendo los principios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Electoral en su Artículo No. 3: “El Poder Electoral se rige por los principios de independencia, autonomía funcional y presupuestaria, despartidización de los organismos electorales, imparcialidad, y participación ciudadana, descentralización y desconcentración de la administración electoral, cooperación, transparencia y celeridad en todos sus actos y decisiones”
Es desde este marco normativo e institucional que desde el Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello consideramos que el Consejo Nacional Electoral actúa alejado de los principios previamente señalados, pues sus decisiones carecen de celeridad, transparencia e imparcialidad, impidiendo el ejercicio del derecho a la participación ciudadana de los venezolanos establecido en la Constitución Nacional vigente.
Asimismo, consideramos altamente preocupante que una fase previa a la convocatoria de un Referéndum haya sido interpretada y utilizada para dilatar las fases del proceso más allá de lo establecido en las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular, aprobadas en la Gaceta No. 405, de fecha 18 de diciembre de 2007, lo cual resulta especialmente grave cuando ello podría servir para negar el derecho de los venezolano a decidir sobre los destinos de su propia nación.
En este sentido, llamamos la atención del país y de la comunidad internacional sobre las posibles responsabilidades en las que pudiese estar incurriendo el Consejo Nacional Electoral por las consecuencias que pudiesen derivarse de la modificación de la interpretación de leyes y reglamentos, y la imposición de requisitos y procedimientos sobrevenidos, que se materializan en la negación del ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos, así como en el desconocimiento de los mecanismos democráticos para la resolución de nuestros diferencias políticas, tales como:
Que la solicitud de activación de referéndum estuviese precedida de la celebración de asambleas de ciudadanos que autorizaran a la Mesa de la Unidad a conformarse como promotores, requisito no previsto en el reglamento;
Que para la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad se estipulara que dicho porcentaje se aplicara proporcionalmente para cada entidad federal del país;
Que para la verificación del 1% de firmas recogidas se establecieran requisitos y verificaciones no considerados en la normativa, como son la digitación, digitalización de las planillas y validación de cinco pasos.
Así mismo, consideramos alarmante la demora en la constatación del 1% de las manifestaciones de voluntad para la constitución de agrupaciones de ciudadanos, lo cual ha retrasado el procedimiento de validación mediante plataforma de identificación biométrica y, en consecuencia, también la convocatoria para la recolección del 20% de voluntades requeridas para la celebración del referendo revocatorio.
Que para la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad se estipulara que dicho porcentaje se aplicara proporcionalmente para cada entidad federal del país;
Que para la verificación del 1% de firmas recogidas se establecieran requisitos y verificaciones no considerados en la normativa, como son la digitación, digitalización de las planillas y validación de cinco pasos.
Así mismo, consideramos alarmante la demora en la constatación del 1% de las manifestaciones de voluntad para la constitución de agrupaciones de ciudadanos, lo cual ha retrasado el procedimiento de validación mediante plataforma de identificación biométrica y, en consecuencia, también la convocatoria para la recolección del 20% de voluntades requeridas para la celebración del referendo revocatorio.
Por otro parte, consideramos igualmente grave que el Consejo Nacional Electoral no haya convocado las elecciones regionales para elegir Gobernadores y Consejos Legislativos, cuyos mandatos finalizan este año.
Es por lo anteriormente expuesto que desde el Centro de Estudios Políticos exhortamos al Consejo Nacional Electoral a cumplir con los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y garantice el efectivo ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos. Por tal motivo, exigimos a las autoridades electorales que cumplan de manera estricta con el mandato de la Constitución, las leyes y reglamentos vigentes y establezcan fecha definitiva para la validación del 1% de manifestaciones de voluntad, así como la publicación de un cronograma de las siguientes etapas del proceso revocatorio. Así mismo, emplazamos al CNE a que convoque durante este mismo mes a las elecciones regionales y publique el cronograma respectivo, a los fines de garantizar el cumplimiento de la Constitución y leyes de la República.
Está en manos del Consejo Nacional Electoral que los venezolanos expresen su opinión respecto a la profunda crisis política, social y económica que atraviesa el país. En el Centro de Estudios Políticos estamos convencidos de que a través de las elecciones y el respeto al estado de derecho la Nación podrá encausar soluciones en el marco de la institucionalidad, la paz y el respeto a los principios democráticos que siempre defenderemos desde la Universidad Católica Andrés Bello. Es por ello que consideramos imperativo una Reforma Electoral que procure reglas de juego justas, transparentes y equitativas, que reduzca los altos niveles de discrecionalidad del Consejo Nacional Electoral; a fin de alcanzar mejores niveles de integridad en los procesos electorales de nuestro país.
Caracas, 3 de junio de 2016
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