Wednesday, August 31, 2016

La encrucijada: ¿cómo salvar el revocatorio?


EN:


por José Ignacio Hernández G.





El Referendo Revocatorio se encuentra en una encrucijada, en un punto en el cual comienza a elevarse el riesgo de que no pueda llevarse a cabo antes del 10 de enero de 2017.
Dos conductas del Consejo Nacional Electoral (CNE) han llevado al límite el tiempo del referendo revocatorio. La primera conducta es la violación de las normas que regulan el referendo, al crear trámites y controles que han extendido su procedimiento. La segunda conducta es la interpretación —errada— según la cual los lapsos previstos en las normas deben dejarse transcurrir íntegramente.
¿Qué puede pasar en esta encrucijada?
El punto límite del revocatorio
La manera correcta de efectuar cálculos legales de procedimientos como éste, sujetos a una fecha determinada, es haciendo ese cálculo de adelante para atrás. Es decir, debemos partir del 10 de enero de 2017 —fecha máxima para  que el revocatorio pueda significar en un cambio de gobierno— y a partir de allí, computar los lapsos máximos previstos en las normas del CNE.
En la etapa de la convocatoria hay dos lapsos. Así, una vez que el CNE declara que al menos el 20% de los electores desean convocar al revocatorio, dispone de un lapso máximo de tres días hábiles para convocar el referendo, que deberá realizarse en un lapso no mayor de noventa días continuos. Si contamos hacia atrás esos noventa días, partiendo del 10 de enero, llegamos a la fecha citada: jueves 13 de octubre de 2016. Como el CNE tiene tres días como máximo para convocar, ésta debería hacerse entre el 7 y el 11 de octubre (pues el 12 es feriado).
De allí surge esta pregunta: ¿es posible que para el 13 de octubre de 2016 el CNE pueda convocar al referendo revocatorio?
El anuncio de nuevos retrasos por el CNE
Como se recordará, el CNE anunció el cronograma para la etapa del 20%. Al dar ese anuncio, el CNE anticipó nuevos retrasos injustificados al procedimiento del revocatorio.
Tomando en cuenta que el escrito de participación para la recolección del 20% fue presentado el 2 de agosto, el lapso “máximo” para que el CNE aceptara ese escrito venció el 19 de agosto de 2016. Pero el CNE sólo anunció que el escrito de la MUD sí cumplía con esos extremos el miércoles 24 de agosto, o sea, con tres días de retraso.
El lapso de quince días hábiles para definir los centros de recolección del 20%, de acuerdo con las normas, vence el 9 de septiembre. Pero el CNE anunció que esa etapa culminará 13 de septiembre, agregando tres días más para adoptar la “decisión” sobre los centros de recolección, es decir, el 16 de septiembre. Esto implica, en total, siete días de retraso.
Pero hay más. La interpretación racional de la normas es que todos los lapsos son consecutivos: finalizada una etapa, de inmediato, se inicia la siguiente. Por eso, como el 9 de septiembre vence el lapso para definir los centros de recolección de manifestaciones de voluntad, los tres días para llevar a cabo esa recolección deberían realizarse entre el 10 y el 12 de septiembre.
Pero de acuerdo con el CNE, esa recolección tendrá lugar a finales de octubre, o sea, con un retraso de mes y medio.
No es legal diferir la recolección de firmas hasta finales de octubre. Así, el CNE prevé que la decisión final sobre los centros de recolección se adopte el 16 de septiembre. ¿Qué justifica entonces diferir más de un mes la recolección de las manifestaciones de voluntad?
La respuesta que daría el CNE, probablemente, sería similar a la que ha dado hasta ahora: “razones técnicas”. Pero la violación del procedimiento del Referendo Revocatorio en contra del derecho de participación ciudadana, no puede ampararse en “razones técnicas”.
El revocatorio en riesgo
Si la recolección del 20% se lleva a cabo a finales de octubre, implica que el CNE sólo estaría en capacidad de decidir si convoca o no el referendo a comienzos de noviembre. Probablemente, como ha hecho hasta ahora, el CNE se tome algunos días más para tomar esa decisión. Además, también es probable que el CNE convoque el referendo dejando correr, completamente, el citado lapso de noventa días.
Todo esto significa que si el CNE recolecta el 20% a fines de octubre, tal como anunció, el revocatorio probablemente se realizará en febrero de 2017.
Ese riesgo puede evitarse.
Salvar el revocatorio
Si el CNE cumple con los plazos, la recolección del 20% podría realizarse entre el 10 y el 12 de septiembre, lo que daría tiempo de sobra para realizar el revocatorio en 2016. Pero incluso si el CNE viola las normas y fija la recolección del 20% para finales de octubre, el revocatorio podría realizarse en 2016 si el CNE simplifica el trámite de la convocatoria.
Legalmente, lo repito, es posible realizar el revocatorio en el 2016.
El problema ha sido que, hasta ahora, no se han aplicado controles suficientes para forzar al CNE a cumplir con los plazos del revocatorio.
Cuando la Administración no cumple los plazos que le fija la Ley para llevar a cabo una actuación, hay dos controles básicos que están llamados incidir en la Administración: el control de los tribunales y el control del Poder Legislativo. Actualmente ninguno de esos controles es una garantía cierta: no luce probable que el TSJ obligue al CNE a cumplir con las normas del revocatorio, ni tampoco luce probable que el Poder Legislativo pueda incidir, efectivamente, sobre el CNE (por el acoso al cual ha sido sometido por el TSJ).
Sin controles judiciales y legislativos que permitan asegurar que el revocatorio supere con éxito la encrucijada en la cual está, ¿qué opción queda?
Cuando fallan los controles judiciales y legislativos sobre la Administración, solo queda el control ciudadano. O sea, el control que los propios ciudadanos pueden ejercer sobre el CNE, para asegurar el cumplimiento de los plazos que asegurarían realizar el referendo revocatorio en 2016.
Que el referendo revocatorio logre superar con éxito esta encrucijada es más un asunto político y de la capacidad de los ciudadanos convocantes de presionar en democracia y bajo el amparo de la Constitución.



No comments:

Post a Comment