Saturday, December 1, 2012

Sobre el Estado Comunal

En: http://www.eluniversal.com/opinion/121201/sobre-el-estado-comunal

RICARDO COMBELLAS |  EL UNIVERSAL
sábado 1 de diciembre de 2012  12:00 AM
Primero lo primero, y lo primero es el concepto de comuna. Dos acepciones claramente discernibles, una vinculada al gobierno de la ciudad, sinónimo de vida municipal, donde los ciudadanos deciden con su participación los destinos de la ciudad; la otra, más rigurosa y estricta, en tanto forma de autogobierno donde desaparecen progresivamente los aparatos represivos del Estado y predomina el concepto de administración sobre el concepto de poder coactivo. La ideología que captó con mayor rigurosidad este sentido de la comuna fue el anarquismo, y su pensador más preclaro, a mi modesto entender, fue Proudhon. La experiencia histórica por excelencia lo constituyó, el criterio es unánime, la Comuna de París. En suma, la comuna aquí se implica con la destrucción del aparato del Estado, arrojado como mal absolutamente innecesario al basurero de la historia.

El Estado Comunal entonces es un híbrido, pues en él coexisten el Estado (monopolizador de la violencia legítima) con la comuna, la antítesis del aparato estatal. Es la comunión de dos conceptos irreconciliables, Estado y comuna. En todo caso, podría concebirse como una forma política de transición, pues el Estado y su burocracia desaparecerían progresivamente para dar paso, como la crisálida a la mariposa, al autogobierno comunal. No ha pasado de ser esto una fantasía teórica. En la práctica, la comuna es aprisionada, enrejada por el aparato del Estado y puesta al servicio de la clase dirigente y su burocracia. El ejemplo más patente está en las aberrantes experiencias del totalitarismo comunista del siglo XX. De la consigna "todo el poder para los soviets" se pasó al control férreo del partido sobre el aparato del Estado y  sobre "todos" los intersticios de la sociedad.

El régimen de Chávez se ha propuesto avanzar hacia un Estado Comunal. Cabría preguntarse si ese Estado Comunal armoniza con la forma de Estado que el constituyente diseñó en la Constitución de 1999. Por supuesto que no, pues el modelo constitucional es el del Estado federal descentralizado, con sus tres niveles competenciales (nacional, estadal y municipal)  nítidamente desarrollados en nuestra Ley Superior. Por supuesto que pueden concebirse comunas y consejos comunales dentro de la Constitución (allí está el artículo 184 constitucional para comprobarlo), pero siempre armonizados con el esquema federal descentralizado, que coadyuven,  dentro del principio descentralizador, a fortalecerlo, pero nunca para menoscabarlo.

Lo grave de la propuesta gubernamental, aparte de sus múltiples contradicciones, que no abordo aquí  dada la brevedad del artículo, es que reitera una posición de principio de la llamada "revolución bolivariana": por una parte, su olímpico desprecio por la Constitución, al pervertir sus valores y principios fundamentales en función de la búsqueda de sus verdaderos objetivos, y por la otra, la restricción, y en algunos casos la franca vulneración de las libertades ciudadanas, cometido puesto al servicio de un colectivismo socialista a todas luces anacrónico y trasnochado.

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