Ludwig Moreno
Alguno de ustedes vivió la Operación Morrocoy, o escuchó que alguien más la hubiera vivido? Fueron 5 horas en promedio! (y algunos electores esperaron más tiempo mientras que otros se fueron a sus respectivas casas)Se produjo donde había una o varias “laptops” en la entrada de los centros de votación, conectadas al CNE. Allí solicitaban al elector su cédula y le daban un “papelito”. Este “papelito” era luego exigido por el Plan República en la entrada de cada mesa. No vemos nada extraño hasta ahora, verdad? Bien, veamos ahora con detalle la Operación Morrocoy:
Esto sucedió únicamente en los centros de 3 o más mesas, que son los centros en los que votamos gente como la que está leyendo esto. Para el 7 de octubre eran aproximadamente 5534 centros, con al menos 3 características comunes:
1. 3 mesas o más
2. Presencia de “Estación de Información del Elector”
3. Mayoría opositora
Hubo también otros 8279 centros, con la misma distribución geográfica, pero exactamente opuestos:
1. Tenían una o dos mesas
2. No había estación de información (y los efectivos del Plan República no pidieron ningún “papelito”, porque nadie lo emitía)
3. Mayoría chavista
Este es el cuadro comparativo de los resultados reales del 7-O:
1 y2 mesas | 3 mesas o más | ||||
chavez | 1995391 | 65,77% | 6060050 | 51,10% | |
capriles | 959271 | 31,62% | 5506898 | 46,44% | |
chirino | 940 | 0,03% | 3113 | 0,03% | |
sequera | 14071 | 0,46% | 54823 | 0,46% | |
reyes | 1985 | 0,07% | 6065 | 0,05% | |
bolivar | 1193 | 0,04% | 6098 | 0,05% | |
votos_nulos | 61250 | 2,02% | 221121 | 1,86% | |
electores_escrutados (RE) | 3744735 | 14682936 | |||
votantes_que_votaron | 3034101 | 11858168 | |||
votos_validos | 2972851 | 11637047 | |||
abstención | 710634 | 18,98% | 2824768 | 19,24% | |
mesas | 10764 | 28558 |
A estos se suman algunos hechos, por ejemplo:1. La toma de algunos centros opositores por oficialistas desde la víspera de las elecciones.
2. El inexplicable retardo “al azar” en la aparición de la foto de Capriles en la pantalla de la máquina de votación, produciendo luego votos nulos.
3. Que Sandra Oblitas levantara la orden de obligar a pasar a los electores por la “Estación de Información del Elector” a la 1 pm.
4. Que -por reglamento- el SAI permitiera el voto a un elector al cual no le reconociera la huella, facilitando el voto múltiple a cualquiera que tuviera más de una
cédula (art 323, #1.3).
5. La presencia de módulos móviles de cedulación en las zonas suburbanas hasta aproximadamente las 10 pm.
6. Que el Plan República, mantuvo por la fuerza abiertas las mesas de votación hasta las 10 pm (esto es después de las 6 de la tarde, aún cuando no hubiera
electores en la cola)
7. Que otros centros de votación fueran cerrados a las 6 pm. aun cuando había electores en la cola.
8. La Presentación de resultados preliminares cuando todavía no se habían cerrado muchas mesas, debido precisamente al retardo impuesto por el Plan República, y el consecuente abandono de la verificación ciudadana.
Vale la pena revisar brevemente algunos elementos jurídicos que fueron violados al imponer -y permitir imponer- los hechos antes enumerados:
El reglamento que estableció la presencia de las Estaciones de Información al Elector, fue publicado el 28 de agosto, 5 semanas antes de las elecciones. Este era a su vez una modificación al reglamento publicado el 07 de junio, 4 meses antes de las elecciones, adaptado para la presencia de las máquinas SAI.
Es muy importante saber que el reglamento -o ley de procedimientos como también se le conoce- no podía ser modificado “en forma alguna” dentro de los 6 meses previos a la elección, según el artículo 298 de la Constitución Vigente.
El artículo 125 de la LOPRE determina que “el único documento” que puede ser exigido para votar, es la cédula de identidad, por tanto “el papelito” no está definido en la ley y exigirlo constituye una coacción. Más aún, dentro de las funciones del Plan República no está la de “solicitar el papelito en la entrada de las mesas de votación en centros de tres mesas o más” ni tampoco “impedir el paso a quien no presente el papelito en centros de tres mesas o más”. Por tanto hubo extralimitación de funciones del Plan República.
El artículo 312 del reglamento inconstitucionalmente modificado NO planteaba la obligatoriedad del paso por la “Estación de Información del Elector”
El RE fue impugnado oficialmente ante el CNE, con copia de la impugnación debidamente consignada a los representantes de la MUD, y no hubo respuesta de ninguna de las 2 partes.
El artículo 308 del reglamento inconstitucionalmente modificado, impone el cierre de las mesas a las 6pm, siempre que no hubiera electores en la cola, lo cual no se cumplió.
En conclusión: dada la violación de los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios antes enumerados, los resultados de estas elecciones son nulos, y en consecuencia debe actuar la sociedad venezolana.
PD: hubo un caso documentado de suplantación de identidad en la mesa 5 de la escuela Apolinar Cantor, de la Parroquia Altos Los Godos de Maturín, Monagas. 140706025-05 begin_of_the_skype_highlighting FREE 140706025-05 end_of_the_skype_highlighting Miguel Ángel Hernández Hernández, CI:16.808.337
Anexos:
1. Más de 8 horas pasaron en el Colegio Arcoiris, de la Ciudad de Porlamar, ejemplo de lo que sucedió en TODOS los centros de más de 3 mesas:
http://www.youtube.com/watch? v=cT1BGBXctyg
2. Video del 19 de marzo de 2012 que demuestra diferencias en los resultados de los dos grupos de centros electorales:
http://2012.votolimpio.info/ index.php?option=com_content& view=article&id=242&catid=49& Itemid=191
3. Comunicado del 26 de abril de 2012 explicando lo inconstitucional, inconveniente e inseguro del cambio de Reglamento para permitir aplicación del SAI: http://2012.votolimpio. info/index.php?option=com_ content&view=article&id=487& catid=49&Itemid=191
4. Documento público donde se solicita al Comando Venezuela pronunciarse sobre el cambio de reglamento, reenviado por al menos 163 personas:
https://www.change.org/es/ peticiones/tu-participacion- es-urgente
5. Resultados electorales por centro, donde se evidencia la diferencia estadísticamente significativa entre los centros con “estación de información al elector” y los centros sin “estación de información al elector”
http://esdata.info/resultados/ resultados_elecc_2012-10-07. xlsx
6.- Relación de documentos de interés, ordenada cronológicamente: www.bitakoraeva.blogspot.com (leer dcto LA RECTA FINAL)
2. El inexplicable retardo “al azar” en la aparición de la foto de Capriles en la pantalla de la máquina de votación, produciendo luego votos nulos.
3. Que Sandra Oblitas levantara la orden de obligar a pasar a los electores por la “Estación de Información del Elector” a la 1 pm.
4. Que -por reglamento- el SAI permitiera el voto a un elector al cual no le reconociera la huella, facilitando el voto múltiple a cualquiera que tuviera más de una
cédula (art 323, #1.3).
5. La presencia de módulos móviles de cedulación en las zonas suburbanas hasta aproximadamente las 10 pm.
6. Que el Plan República, mantuvo por la fuerza abiertas las mesas de votación hasta las 10 pm (esto es después de las 6 de la tarde, aún cuando no hubiera
electores en la cola)
7. Que otros centros de votación fueran cerrados a las 6 pm. aun cuando había electores en la cola.
8. La Presentación de resultados preliminares cuando todavía no se habían cerrado muchas mesas, debido precisamente al retardo impuesto por el Plan República, y el consecuente abandono de la verificación ciudadana.
Vale la pena revisar brevemente algunos elementos jurídicos que fueron violados al imponer -y permitir imponer- los hechos antes enumerados:
El reglamento que estableció la presencia de las Estaciones de Información al Elector, fue publicado el 28 de agosto, 5 semanas antes de las elecciones. Este era a su vez una modificación al reglamento publicado el 07 de junio, 4 meses antes de las elecciones, adaptado para la presencia de las máquinas SAI.
Es muy importante saber que el reglamento -o ley de procedimientos como también se le conoce- no podía ser modificado “en forma alguna” dentro de los 6 meses previos a la elección, según el artículo 298 de la Constitución Vigente.
El artículo 125 de la LOPRE determina que “el único documento” que puede ser exigido para votar, es la cédula de identidad, por tanto “el papelito” no está definido en la ley y exigirlo constituye una coacción. Más aún, dentro de las funciones del Plan República no está la de “solicitar el papelito en la entrada de las mesas de votación en centros de tres mesas o más” ni tampoco “impedir el paso a quien no presente el papelito en centros de tres mesas o más”. Por tanto hubo extralimitación de funciones del Plan República.
El artículo 312 del reglamento inconstitucionalmente modificado NO planteaba la obligatoriedad del paso por la “Estación de Información del Elector”
El RE fue impugnado oficialmente ante el CNE, con copia de la impugnación debidamente consignada a los representantes de la MUD, y no hubo respuesta de ninguna de las 2 partes.
El artículo 308 del reglamento inconstitucionalmente modificado, impone el cierre de las mesas a las 6pm, siempre que no hubiera electores en la cola, lo cual no se cumplió.
En conclusión: dada la violación de los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios antes enumerados, los resultados de estas elecciones son nulos, y en consecuencia debe actuar la sociedad venezolana.
PD: hubo un caso documentado de suplantación de identidad en la mesa 5 de la escuela Apolinar Cantor, de la Parroquia Altos Los Godos de Maturín, Monagas. 140706025-05 begin_of_the_skype_highlighting FREE 140706025-05 end_of_the_skype_highlighting Miguel Ángel Hernández Hernández, CI:16.808.337
Anexos:
1. Más de 8 horas pasaron en el Colegio Arcoiris, de la Ciudad de Porlamar, ejemplo de lo que sucedió en TODOS los centros de más de 3 mesas:
http://www.youtube.com/watch?
2. Video del 19 de marzo de 2012 que demuestra diferencias en los resultados de los dos grupos de centros electorales:
http://2012.votolimpio.info/
3. Comunicado del 26 de abril de 2012 explicando lo inconstitucional, inconveniente e inseguro del cambio de Reglamento para permitir aplicación del SAI: http://2012.votolimpio.
4. Documento público donde se solicita al Comando Venezuela pronunciarse sobre el cambio de reglamento, reenviado por al menos 163 personas:
https://www.change.org/es/
5. Resultados electorales por centro, donde se evidencia la diferencia estadísticamente significativa entre los centros con “estación de información al elector” y los centros sin “estación de información al elector”
http://esdata.info/resultados/
6.- Relación de documentos de interés, ordenada cronológicamente: www.bitakoraeva.blogspot.com (leer dcto LA RECTA FINAL)
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