Thursday, October 25, 2012

Venezuela: Nulidad de las elecciones del 7 de octubre pedirán en el Tribunal Supremo de Justicia

En: http://www.analisislibre.org/venezuela-nulidad-de-las-elecciones-del-7o-pediran-ante-tribunal-supremo-de-justicia/
 
José Emilio Castellanos 
Análisis Libre, Nueva York
Un recurso contencioso de anulación de las elecciones celebradas el pasado 7 de Octubre, será introducido ante Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, pudo conocer Análisis Libre de una fuente confiable.
 Amparados en el ordenamiento jurídico vigente, entre ellos la Ley Orgánica de Procesos electorales, los demandantes interpondrán el Recurso Contencioso Electoral de Anulación contra actuaciones y omisiones del Consejo Nacional Electoral, antes y durante el proceso electoral convocado y celebrado por el Consejo Nacional Electoral, el 7 de octubre de 2012, para la elección del Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela para el periodo constitucional 2013- 2019
 El documento de demanda, de unas 30 páginas, señala que el fundamento jurídico del Recurso Contencioso se encuentra establecido en la propia Ley Orgánica de Procesos Electorales, la cual establece que la elección será nula “cuando hubiere mediado fraude, cohecho, soborno o violencia en la formación del Registro Electoral, en las votaciones o en los candidatos y dichos vicios afecten el resultado de la elección de que se  trate”.
“En base a ello en el presente Recurso se procede contra actuaciones, actos y omisiones imputables al Consejo Nacional Electoral, que señalan en el documento, donde se numeran numerosos denunciados formalmente antes y durante la elección, dentro de lo establecido por la Ley, sin ser atendidos, por lo cual, al encontrarse agotada la vía administrativa, los actos del Consejo Nacional Electoral sólo podrán ser impugnados en sede judicial”.
 Citan como ejemplo, en uno de los casos, el listado presentado por un ciudadano, de 2.666.435 electores comprobables, de un estimado total de 4.758.005, cuya inscripción en el Registro Electoral Preliminar debía ser excluida, revertida o suspendida, según correspondiese, y la elección se llevó a cabo sin que se cumpliera con la más mínima depuración del Registro Electoral Permanente.
 “La falta de depuración del Registro Electoral Permanente constituye un fraude en su formación, que vicia de nulidad la elección efectuada el 7 de octubre de 2012 y así pedimos que sea declarado”, señala el documento.
 En otro aparte señala que en Venezuela  la población ha crecido en un aproximado del catorce por ciento (14%), dentro del lapso comprendido entre el 2003 y el 2011,  pero en ese mismo lapso,  el Registro Electoral Permanente  ha crecido en un cincuenta y ocho por ciento (58%), no permitiendo el CNE una auditoría externa del Registro Electoral Permanente, incluyendo la necesidad de verificar las direcciones de todos y cada uno de los electores que integran dicho Registro Electoral Permanente.
La demanda hace referencia a las amenazas proferidas por el Presidente de la República y candidato electoral durante la campaña, quien “amenazó a la población venezolana con que habría una guerra civil si él perdiese las elecciones”.
 Agregan que se trata de una violencia que es capaz de producir, en el ánimo de la población electora venezolana, una enorme zozobra y angustia, lo cual hace más que lógico pensar que los electores venezolanos no pudieron ejercer su derecho al voto por la opción de su prefiera, en condiciones de plena libertad.
 Citan violaciones a acuerdos internacionales, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica de 1969, cuya observancia es obligatoria para los signatarios de La Carta de las Naciones Unidas, de la cual la República Bolivariana de Venezuela es suscriptora.
“Ejercer el voto en condiciones de amenazas abiertas contra un grupo de electores, viola los tratados internacionales sobre derechos humanos así como la Constitución vigente. Por ello y en aplicación del control difuso de la Constitución, esa Sala Electoral debe declarar viciado de nulidad, por inconstitucionalidad, el proceso electoral llevado a cabo el 7 de octubre de 2012”.
 El documento señala que constituye un hecho comunicacional notorio la existencia de los llamados “colectivos”,  que son grupos armados al margen de la institucionalidad, varios de ellos con sede muy cerca del Palacio Presidencial de Miraflores.
 “Estos grupos están plenamente identificados y han exhibido armas de guerra, pública y comunicacionalmente”.
El caso podría ser llevados a organismos internacionales, OEA y ONU. A una pregunta la fuente señaló que los delitos electorales son delito de lessa humanidad y no prescriben

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