Tuesday, April 28, 2015

Es constitucional reducir la el horario de trabajo por el calor?

En: http://prodavinci.com/blogs/es-constitucional-reducir-el-horario-de-trabajo-de-la-administracion-publica-por-el-calor-por-jose-ignacio-hernandez/

José Ignacio Hernández

1. El calor vs. La Constitución. En más de una ocasión le he explicado a mis alumnos que la Administración Pública, como institución al servicio de los ciudadanos, debe llevar a cabo su actividad de manera continua. Al menos esto es lo que se desprende del artículo 141 de la Constitución. Y ese principio, que está regulado en diversas leyes, impone que la Administración Pública mantenga horarios adecuados de atención al público.
Por eso no deja de sorprender el reciente anuncio del Gobierno, según el cual la Administración Pública reducirá su horario de atención al público debido a “las altas temperaturas”. Y aunque es posible pensar que la medida pretende aliviar las incomodidades que esas altas temperaturas pueden ocasionar a los funcionarios públicos, pero el motivo real de la medida esa otro: reducir el consumo de electricidad.
2. ¿Recorte del horario público? En efecto, según la noticia citada, el horario de atención al público del sector público se reducirá a seis horas diarias e irá desde las 7:30 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde. Esta medida no afectará la atención al público en las áreas de educación, salud, producción y distribución de alimentos y agua, energía eléctrica, producción de hidrocarburos, seguridad ciudadana, recolección de basura, administración tributaria y aduanera, transporte aéreo y marítimo, telecomunicaciones, información pública, banca y seguros.
La reducción del horario de atención al público es una medida enmarcada en el “Plan de Optimización del Consumo Eléctrico”. De esa manera, se informó que la “ola de calor” ha incrementado el consumo eléctrico, lo cual justifica racionar el consumo. Por ello, además de esta medida aplicable a la Administración Pública, se anunciaron “medidas y fiscalizaciones” a los “grandes consumidores públicos y privados de energía”, con la intención de regular el consumo de energía eléctrica.
En pocas palabras: el Gobierno racionará el consumo de electricidad. Una medida que no es nueva.
3. La crisis permanente del sector eléctrico venezolano.  El sector eléctrico venezolano afronta problemas que le impiden atender la creciente demanda eléctrica. Y buena parte de esos problemas radican en la incapacidad de la inversión pública para atender las necesidades del sector. De allí la necesidad de promover la inversión privada en el sector eléctrico.
Estas palabras no son mías ni fueron escritas en fecha reciente. Por el contrario: esas palabras se toman de la exposición de motivos del Decreto-Ley dictado en septiembre de 1999 y mediante el cual se promulgó la Ley del Servicio Eléctrico.
Al menos en una fecha tan lejana como 1999, el Gobierno Nacional conocía que la alta dependencia del sector eléctrico con respecto a la generación hidroeléctrica, junto a la incapacidad del Estado para atender las inversiones necesarias para fortalecer al sector, impedirían responder debidamente a la creciente demanda de electricidad.
Sin embargo, los problemas anunciados en 1999 no fueron atendidos: no se promovió la inversión privada. Por el contrario, a partir de 2007 el Estado asumió el control de las empresas privadas, pasando el sector eléctrico a ser gestionado por el Estado.
Apenas dos años después, en 2009, el Gobierno tuvo que adoptar una serie de medidas para racionar el consumo de electricidad, invocando los efectos del fenómeno llamado El Niño. En ese año se creó una Comisión Interministerial Estratégica y se dictaron las “primeras medidas de orden técnico y administrativo para orientar la reducción del consumo de electricidad en los Organismos Públicos”.
Tal situación de “emergencia” se ha mantenido con distintas regulaciones. Actualmente, las medidas de racionamiento del consumo eléctrico están contenidas en la Resolución N° 77, de 2011. Allí se prevén medidas tanto al sector público como al sector privado.
4. ¿Una crisis previsible?  Tomando en cuenta estos datos, surge una pregunta inevitable: ¿no era previsible la insuficiencia de la oferta de electricidad en Venezuela?
Como vimos, desde 1999 se diagnosticó la necesidad de incrementar la inversión privada en infraestructuras eléctricas, en especial para superar la debilidad que supone depender de la generación hidroeléctrica. Además, al menos desde el 2009 el Gobierno conoce que por el fenómeno de El Niño la generación hidroeléctrica se ve afectada.
Es así como la “ola de calor” a la cual alude el Gobierno no es una situación imprevisible. Según diarios de Colombia, esa ola de calor se debe en parte a El Niño. Es decir: un fenómeno conocido por el Gobierno, al menos, desde 2009.
La reducción del horario de atención al público de la Administración Pública podría justificarse ante eventos de fuerza mayor, situaciones imprevistas e imprevisibles. Pero es muy difícil sostener que hoy, en 2015, no era previsible la incapacidad del sector eléctrico venezolano para atender la demanda eléctrica.
En resumen: más que una emergencia debida a condiciones imprevistas, nos encontramos ante una situación que responde a deficiencias estructurales —y conocidas— del sector eléctrico venezolano, en manos del gobierno nacional. Y esta situación, probablemente, no existiría si el Gobierno hubiese cumplido lo que ordenó en 1999: promover la inversión privada en un entorno regulatorio orientado a garantizar el suministro eléctrico.
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