Monday, June 22, 2015

La protesta y el maltrato penal

EN: Recibido por email


ALBERTO ARTEAGA SÁNCHEZ                   

No cabe la menor duda de que nuestro sistema penal, independientemente de lo que establecen las normas, es notoriamente injusto, primitivo, impredecible en su aplicación, cruel, tarifado y con órganos que no tienen capacidad para responder ante las exigencias de sus funciones, las cuales demandan respeto a la dignidad de las personas sometidas a proceso y decisiones oportunas, estrictamente apegadas a la ley.

Toda persona amenazada por una investigación penal se siente de inmediato asediada por las más impactantes imágenes de lo que implica “estar preso”, “a la espera de un juicio” o sometido a medidas “provisionales o cautelares” que se pueden prolongar por años.

Ante este panorama, que adquiere la máxima intensidad cuando se entra en una prisión, denominación inadecuada para hacer referencia a los antros de degradación humana que sirven de centros de reclusión, se impone reflexionar y tomar conciencia de una realidad que es incompatible con el proclamado Estado de Derecho y de justicia de la Constitución (artículo 2).

La legislación penal venezolana no escatimó términos para garantizar, en el papel, el trato digno a los presos que solo deberían resultar restringidos en su libertad de movimiento, como regla, después de una sentencia condenatoria firme, en razón del principio elemental de la presunción de inocencia, el cual solo puede permitir un encarcelamiento previo en circunstancias excepcionales y cuando ello es imprescindible para garantizar que la justicia no sea burlada y sean así desconocidos los derechos de las víctimas y de la sociedad que demanda el juicio justo y el castigo oportuno para quien ha delinquido.

Pero lo expresado en forma alguna puede hacer tolerable que se humille a los reclusos, que se comercie con su libertad, que se difieran sus procesos sine die, que se someta a humillaciones a sus familiares y que se les prive, sin más, de los derechos que tienen como ciudadanos.

Si a un ser humano se le infligen dolores o sufrimientos físicos o mentales para castigarlo, encontrándose privado o no de su libertad, o se les hace sufrir para quebrantar su voluntad, sencillamente se le está torturando o maltratando, lo cual resulta sancionado severamente por nuestra legislación.

La protesta, por ello, de los presos, máxime de quienes se encuentran encarcelados por razones políticas o motivaciones predominantemente políticas, está más que justificada y el Estado, sencillamente, tiene la obligación de atender sus justos reclamos, como siempre ha ocurrido entre nosotros, salvo en períodos oscuros de nuestra historia en los que la represión descarada se ha impuesto a la razón y la venganza ha funcionado como sustituto de la justicia.

En Venezuela debe cesar el maltrato penal institucionalizado a los presos; debe cesar la utilización de la justicia penal como instrumento para neutralizar o sacar del juego político a quienes disienten o se oponen al gobierno; debe cesar el vejamen a los familiares de los presos que deben pagar con humillaciones el derecho de visitar a sus seres queridos, debiendo someterse a requisas violatorias de sus derechos; deben cesar los castigos infamantes impuestos por el derecho de protestar; debe cesar el aislamiento y la prohibición a los “políticos presos” por exponer sus ideas; y, fundamentalmente, la dama ciega de la justicia debería recobrar la vista para dirigir su mirada, respetuosa de la dignidad de todo ser humano, para fijarla en quienes, en verdad, han cometido graves delitos que hoy no se pagan, sino que se cubren con el manto de horror de la más perversa impunidad.


Vía El Nacional
Que pasa Margarita

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