ND / 3 ago 2016.- El Secretario de la Universidad de Carabobo, Pablo Aure, recibió medida sustitutiva de libertad tras dos años y dos meses en un estricto régimen de presentación, donde cada quince días debía acudir al Palacio de Justicia, además tenía prohibición de salida del estado. Así lo reseñó la periodista Sara Pacheco en El Carabobeño en donde detalló que la medida implica que se elimina la prohibición de salida del estado y la presentación cada quince días. Sólo debe estar a disposición del tribunal cada vez que sea requerida.
El expediente sigue abierto, pero Aure espera que en los próximos días se cierre por decaimiento de la acción y en consecuencia se sobresea la causa. Argumenta que en el expediente no hay ni acusación ni juicio. “Sólo hubo una imputación en la audiencia de presentación. Aún se está en la etapa de investigación, dos años y un mes después”.
El tribunal Cuarto de Control del estado Carabobo presidido por el juez, Joel Romero, estableció la medida el pasado viernes 29 de julio, sin embargo, la autoridad universitaria fue notificada el primero de agosto.
En varias oportunidades hubo pronunciamiento por parte de nuestro Consejo Universitario, donde se le solicitaba al tribunal levantar esa medida, por el daño que se le hacía a la propia institución, y a la familia del profesor, expresó la rectora de la máxima casa de estudios del estado, Jessy Divo de Romero, durante una rueda de prensa en las oficinas administrativas del Teatro Dr. Alfredo Celis Pérez. Estuvo acompañada por el vicerrector académico, Ulises Rojas, el secretario, Pablo Aure; y el decano de la Facultad de Ciencias de la Salud, José Corado.
La celebración se mantiene a medias, pues aun debe estar a disposición del tribunal si es convocado o citado. Divo de Romero dijo que se hizo justicia tardíamente.
Aure agradeció a demás autoridades por el apoyo, pues aseguró que la medida de sustitución se ejecutó, en parte, por la presión ejercida desde la institución, porque no podía ejercer sus funciones a cabalidad que incluían viajes a las diferentes extensiones y a reuniones en Caracas.
El pasado 26 de junio de 2014 se le impuso una medida sustitutiva de libertad, ahora recibió una sustitución, donde la única restricción es la presentación al tribunal cuando éste lo solicite. Esta decisión está planteada en el ordinal noveno del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
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