Friday, January 27, 2012

La denuncia del convenio Ciadi

En: http://www.eluniversal.com/opinion/120127/la-denuncia-del-convenio-ciadi

MARCOS CARRILLO |  EL UNIVERSAL
viernes 27 de enero de 2012  04:04 PM
La denuncia del convenio Ciadi (Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados) anunciada por Venezuela tiene al menos una lectura política y una jurídica. Desde la perspectiva política el hecho envía un muy grave mensaje a la comunidad internacional, pues puede interpretarse como la intención del Estado de incumplir sus obligaciones internacionales, particularmente las que se derivan de tratados bilaterales de inversión (TBI) y de laudos arbitrales emanados de tribunales arbitrales del Ciadi.

Desde el punto de vista jurídico la situación puede ser menos dramática de lo que se podría pensar a primera vista. Como se sabe, una vez formalizada la denuncia, el convenio seguirá vigente por un lapso de seis meses. Durante este tiempo los nacionales de otro Estado protegidos por algún TBI que contenga una oferta abierta de arbitraje, podrán notificar al Estado venezolano su voluntad de acogerse a dicha oferta abierta y, eventualmente, introducir una solicitud de arbitraje por ante el propio Ciadi.

En caso de que no lo hagan, no todo está perdido. La mayoría de los TBI establecen varias alternativas para la solución de controversias. En la mayoría de los casos, además del Ciadi, se contempla la posibilidad de utilizar el mecanismo complementario del Ciadi o un arbitraje Ad Hoc con reglas Uncitral (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional).

El mecanismo complementario del Ciadi permite administrar cierta categoría de procedimientos entre Estados y nacionales de otros Estados que están fuera del ámbito de aplicación del Convenio del Ciadi entre las que se encuentran "procedimientos de conciliación o arbitraje para el arreglo de diferencias relativas a inversiones que surjan entre partes, una de las cuales no sea un Estado Contratante o un nacional de un Estado Contratante". Bajo ciertas condiciones, los inversionistas extranjeros de un Estado contratante podrían acceder a esta fórmula para reclamar sus derechos violados por el Estado venezolano.

Asimismo, la mayoría de los TBI sigue vigente durante largo tiempo luego de ser denunciados, por lo que si Venezuela pretendiera denunciarlos pasaría mucho tiempo antes de poderse desprender definitivamente de sus obligaciones internacionales derivadas de ellos.

En lo que respecta a los casos pendientes que cursan en la actualidad en Ciadi, la medida tomada por el gobierno no los afecta en nada. Seguirán su curso normal hasta su culminación. Si algún laudo condena a Venezuela, el Estado deberá pagar lo dispuesto en la decisión y en caso de que se negara a hacerlo el laudo podría ejecutarse forzosamente, lo que quiere decir que se podrían embargar bienes pertenecientes al Estado venezolano en el exterior.

En conclusión, la pretensión del gobierno de evadir sus responsabilidades frente a inversores extranjeros no es tan efectiva como quienes decidieron la medida aspirarían y, en consecuencia, se deberá responder, por ejemplo, por las expropiaciones no compensadas adecuadamente y demás incumplimientos de obligaciones internacionales en que el Estado venezolano haya incurrido como consecuencia de sus irresponsables políticas.

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