Sunday, November 30, 2014

Obligan a operadores mineros a vender el oro al BCV

En: http://www.eluniversal.com/economia/141130/obligan-a-operadores-mineros-a-vender-el-oro-al-bcv

MARIELA LEÓN |  EL UNIVERSAL
domingo 30 de noviembre de 2014  12:00 AM

La reforma a la Ley Orgánica que reserva al Estado las actividades de exploración y explotación del oro, publicada en Gaceta Oficial extraordinaria 6.150, exige de manera obligatoria a los operadores auríferos, "la venta y entrega preferente" del mineral al Banco Central de Venezuela (BCV).

Anteriormente, la ley que rige al sector establecía la venta y entrega obligatoria del oro a la República, a través del despacho competente, es decir, del ministerio de Petróleo y Minería. En esta oportunidad, el texto "faculta al presidente de la República a designar otro ente o entes a los cuales deberá vender dichos recursos auríferos".

Establece asimismo que el BCV "participará, regulará y efectuará operaciones en el mercado del oro", de acuerdo al reglamento que será dictado por el Ejecutivo Nacional.

El presidente Nicolás Maduro dijo el pasado martes, al refrendar un conjunto de Leyes en el marco de la Habilitante, que "esta ley nos va a dar el instrumento ahora preciso para que el Estado entre a donde tenga que entrar a producir oro".

La reforma ratifica que la actividad minera es reservada a la República o a través de sus institutos públicos o empresas de su exclusiva propiedad. Y reitera que la conformación de empresas mixtas deberá contar con el control del Estado en 55% del capital social.

Sin embargo en esta modificación, se amplían las atribuciones de las "alianzas estratégicas", conformadas entre la República con todas las sociedades u otras formas de asociación permitidas por la Ley para el ejercicio de la minería a pequeña escala.

Se advierte que estas alianzas, conformadas por el Estado u otras empresas filiales, "constituyen el mecanismo mediante el cual las sociedades u otras formas de asociación permitidas por la Ley, puedan compartir procesos productivos, necesarios para llevar a cabo actividades primarias y conexas para el aprovechamiento del oro, exceptuándose la comercialización del mineral aurífero, la cual será realizada exclusivamente por un ente estatal".

La Ley incluye la creación de Brigadas Mineras, como "una forma de asociación de personas naturales, destinadas al ejercicio de las actividades de minería a pequeña escala".



Otro fondo

La norma que regula la actividad minera en el país, crea en esta reforma, el Fondo Social Minero con la finalidad de "garantizar los recursos para el desarrollo social de las comunidades aledañas" a las parcelas o yacimientos auríferos.

Este Fondo se constituye como un "servicio desconcentrado" que forma parte de la estructura orgánica del ministerio en materia minera, "con autonomía presupuestaria y financiera", señala su articulado. Y precisa que sus ingresos ordinarios o extraordinarios serán determinados por el Ejecutivo, por su propia gestión-administración, por donaciones y por concepto de multas.

El ministro de Petróleo y Minería, Asdrúbal Chávez, señaló recientemente a través de las redes sociales que el Fondo Social Minero, garantizará los recursos para el desarrollo social de las comunidades mineras.

Este marco jurídico, apuntó, "otorgará autorizaciones para la explotación aurífera, pero tenemos gran materia de minerales preciosos y raros en Venezuela", por lo que es pertinente "la organización de la pequeña minería protegiendo el medio ambiente".

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