En: http://www.lapatilla.com/site/2011/03/17/jose-ignacio-guedez-el-pueblo-debe-expropiarle-a-chavez-el-petroleo/
A continuación transcribo la exposición de motivos que tuve a bien redactar para el anteproyecto de reforma de la ley del BCV que introdujo ya en la Asamblea el diputado Alfredo Ramos, con el fin de lograr que el excedente petrolero llegue directamente a los venezolanos por la vía de un sistema de pensiones que universalice la seguridad social en el país. Actualmente ese excedente petrolero se acumula en el FONDEN, fondo que maneja Chávez directamente y que en la práctica constituye la “partida secreta” más grande de nuestra historia política.
“La modificación del artículo 113 contenida en la Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela del año 2005, creó el marco legal para la conformación del Fondo de Desarrollo Nacional (FONDEN), sociedad anónima adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, que administra desde entonces las reservas y el excedente de los ingresos petroleros del país.
El aporte inicial en el año 2005 para constitución del FONDEN fue de USD 6.000 Millones, y a la fecha ha recibido inmensos ingresos producto de seis años sostenidos de excedentes de los ingresos petroleros. En el año en curso es muy probable que el ingreso real del FONDEN supere el ingreso del presupuesto nacional aprobado por esta Asamblea, en virtud de que el precio del barril de petróleo venezolano ya se encuentra por encima del doble del valor presupuestado con tendencia clara a seguir subiendo.
Según la ley este dinero extraordinario ha debido destinarse a financiar proyectos de inversión en la economía real, en la educación y en la salud, al mejoramiento del perfil y saldo de la deuda pública; así como, a la atención de “situaciones especiales y estratégicas”. Sin embargo a pesar de la bonanza petrolera de los últimos años y el acaudalado ingreso que ha pasado por el FONDEN, hoy el propio gobierno nacional admite que se vive en el país una crisis en materia social, sobretodo en el área de vivienda y pensiones cuyos déficit son evidentes.
El caso es que la norma contenida en el precitado artículo 113 es muy amplia a la hora de establecer supuestos para el destino de los fondos recaudados en el FONDEN, hasta el punto que se deja abierta la puerta para cualquier tipo de uso en el caso de “situaciones especiales y estratégicas” que colocan este dinero publico a merced de la discrecionalidad del gobierno de turno.
Por esta razón se hace necesario establecer con mayor especificidad el destino del excedente petrolero, dándole prioridad a la materia social y al cumplimiento de los deberes constitucionales del Estado en materia laboral y de seguridad social. Los principios sobre la universalidad de las pensiones en Venezuela y el acceso a una vivienda digna se están convirtiendo en “letra muerta” luego de 12 años de vigencia de la constitución “bolivariana”. Si el petróleo de Venezuela es de los venezolanos, entonces los ingresos que se produzcan por renta petrolera deben comenzar a llegar de forma directa al pueblo para satisfacer sus necesidades más sentidas.
No hay derecho que luego de una década de excedentes petroleros, el gobierno siga sin saldar los pasivos laborales con los trabajadores y jubilados de la administración pública, al tiempo que el pueblo sigue sin contar todavía con un sistema de seguridad integral e universal como manda la constitución. El verdadero poder popular se materializará cuando los venezolanos sean dueños de verdad de la mayor riqueza del país que es el petróleo y dejen de depender de los gobiernos de turno para satisfacer sus necesidades básicas.
En atención a los motivos expuestos, sometemos a la consideración de esta Asamblea Nacional el Anteproyecto de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela para modificar el artículo 113 y establecer como parámetro legal que el 50% de los excedentes petroleros ingresados al FONDEN se destinen exclusivamente al pago de los pasivos laborales vencidos y a la seguridad social del pueblo venezolano a través de fondos públicos en materia de vivienda y pensiones.”
Caso cerrado, el dictamen final lo tiene usted.
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